Pymes y Emprendedores

La declaración del IVA para autónomos: consejos para su presentación

  • La complejidad del modelo 303, un reto burocrático

Víctor Barahona
Madrid,

Tal y como informa la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos ATA. el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha visto descender su número de afiliados en 585 autónomos, pasando de los 3.254.663 en diciembre de 2018 a los 3.254.078 en marzo de 2019.

Entre las dificultades que pueden frenar el emprendimiento, y causar por tanto un descenso tan marcado en el número total de afiliados, se encuentran las cargas burocráticas a las que un trabajador por cuenta propia tiene que hacer frente en su rutina laboral. Así lo revelaba el Informe sobre autónomos y/o freelances elaborado por Infoempleo y el Grupo Adecco. Publicado el pasado mes de marzo, dicho informe señalaba que el 47% de los autónomos ven la carga burocrática como el mayor problema al que se enfrentan.

Está claro que ser autónomo no es tarea fácil. Y por eso Orange ha lanzado el proyecto Nacidos para ser autónomos, con el objetivo de homenajear a todos aquellos que se enfrentan a la aventura de trabajar por cuenta propia.

Precisamente, en uno de los vídeos realizados en el marco de este proyecto, trabajadores autónomos de diferentes sectores hablan de los numerosos trámites a realizar: declaración de IVA, IRPF, nóminas, etcétera; así como de la necesidad de estar siempre pendiente del acopio de facturas. "Mucha gente pone malas caras cuando pides una factura", señala Noah, fotógrafa, en dicho vídeo elaborado por Orange.

"Hay que impulsar los medios de pago electrónicos como medio de verificación de gastos deducibles"

En este sentido, José Luis Perea, secretario general de ATA, afirma que "hay que impulsar los medios de pago electrónicos como medio de verificación de gastos deducibles". Mientras tanto, las facturas de gastos siguen siendo un imprescindible a la hora de declarar el IVA deducible en las declaraciones trimestrales de dicho impuesto. 

Las declaraciones trimestrales del IVA (impuesto sobre el valor añadido), a realizar entre los días 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el día 30 en el caso del mes de enero, se ha convertido en uno de los trámites más complejos, pues el modelo 303 de la Agencia Tributaria -a través del cual se presenta- tiene más de 80 casillas.  

Precisamente, desde ATA, con el objetivo de eliminar trabajas administrativas, se propone "que los nuevos autónomos cuya facturación no supere los 30.000 euros anuales, estén exentos de tributar en concepto de IVA durante los 24 primeros meses de actividad", tal y como explica Perea. También añade que, "ATA adquirió el compromiso de revisar conjuntamente el sistema actual de aplazamientos del IVA en el caso de los trabajadores autónomos, para dar seguridad jurídica al sistema ahora mismo en vigor y responder a las posibilidades operativas de la Agencia Tributaria". 

Mientras se espera a que esas medidas puedan ser una realidad, recogemos aquí -siguiendo las indicaciones de Infoautónomos- algunos consejos que pueden ayudar a cualquier trabajador por cuenta propia que se sienta abrumado ante sus declaraciones del IVA. 

¿Estás exento del pago del IVA?

Aunque, en general, todos los autónomos que realicen actividades empresariales o profesionales deben presentar la declaración trimestral del IVA, existen algunas actividades que, por su naturaleza, se encuentran exentas de dicho impuesto. Estas son: servicios médicos y sanitarios, educación y formación, sociedades culturales y deportivas, operaciones financieras y de seguros y alquiler de viviendas.

¿Cómo presentar el modelo 303?

Los trabajadores autónomos, al contrario que las personas jurídicas -empresas-, pueden presentarlo de forma presencial en Hacienda. Sin embargo, la presentación telemática a través del sistema Clave PIN o con certificado digital, es, sin duda, la más recomendable, pues facilita el trámite al realizar de forma automática muchos de los cálculos que exige la declaración. 

¿Cuáles son los tipos de IVA?

Tanto en el IVA devengado -cobrado con las facturas a los clientes- como en el IVA deducible -pagado a los proveedores- puede corresponder a tres tipos diferentes. 

Si el trabajador autónomo aplica diferentes tipos de IVA a sus productos y servicios, utilizará -en las casillas correspondientes al IVA devengado- una fila diferente para cada porcentaje de IVA aplicable. 

No se debe olvidar que el tipo general (21%) corresponde a la mayoría de los productos y servicios. Por su parte, el tipo reducido (10%) es aplicable a algunos alimentos, bienes y servicios para agricultura y ganadería, agua, medicamentos para animales, gafas y lentillas, viviendas. transporte terrestre de viajeros, hostelería, limpieza de calles y parques públicos, recogida de basuras y tratamiento de residuos y algunos servicios culturales y espectáculos deportivos.

El tipo superreducido (4%) se aplica a los alimentos básicos (pan, harinas, cereales, leche, quesos, huevos y frutas y verduras), libros, prensa, medicamentos, productos y servicios para discapacitados y viviendas de protección oficial.

A la hora de declarar el IVA deducible, el autónomo tendrá que sumar la base imponible de todas las compras corrientes del negocio así como la cuota de IVA resultante. Existen más casillas en este apartado, relativas a operaciones de diferente naturaleza empresarial, pero los trabajadores autónomos, en general, sólo tienen que rellenar la casilla de "operaciones interiores corrientes". 

Para una información más detallada, conviene consultar la web Infoautónomos

¿Qué IVA puedes deducir?

Hacienda considera IVA deducible aquel que está vinculado a la actividad profesional, está justificado mediante facturas o recibos y registrado en la contabilidad. 

Combiene tener en cuenta casos concretos como los siguientes: si el trabajador autónomo utiliza la misma línea telefónica para su vida privada y su labor  profesional no podrá deducirse el IVA de esa factura. Por norma general, en el caso de gastos propios del uso de vehículos, incluidos gastos de gasolina, el autónomo sólo podrá deducir el 50% del IVA soportado. 

No hay que olvidar que las declaraciones trimestrales del IVA se deben complementar con el resumen anual de IVA a presentar en el modelo 390 en el mes de enero; equivalente anual del modelo 303 pero extendido, a presentar con el cierre contable de cada ejercicio.