Empresas y finanzas

Dia estudia demandar al Estado por haber prohibido la venta a pérdida

  • Actuará tras la sentencia europea que considera ilegal la ley española
<i>Foto: Archivo</i>

Javier Romera

La cadena de supermercados Dia está estudiando demandar al Estado por haber prohibido la venta por debajo de costes. Después de que el pasado 19 de octubre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictara una sentencia en la que declaraba que la regulación española es contraria al Derecho comunitario, la empresa que dirige Ricardo Currás está analizando ahora los pasos a dar.

Fuentes de la compañía admiten, en este sentido, que una de las posibilidades que se está barajando es acudir a los tribunales. Y es que, según Dia, "queda abierta ahora la posibilidad de interponer la correspondiente reclamación patrimonial al Estado por los daños sufridos por las empresas de distribución durante los cinco años anteriores a la fecha de la Sentencia del TUE".

Aunque esta sentencia no deroga de forma automática la normativa española, según Dia debe primar el Derecho de la Unión Europea. "Pesa sobre la Administración pública española, jueces y tribunales, la obligación de no aplicar dicha normativa", manifiesta de forma tajante el grupo. La prohibición de venta a pérdida de forma general se implantó hace veinte años y Dia, una de las más multadas, no oculta por ello su malestar.

Elevados costes

Desde la compañía explican que "las cadenas de distribución han tenido que afrontar y asumir el pago de numerosas y elevadas sanciones impuestas, normalmente, por las comunidades autónomas, a lo que hay que sumar los costes administrativos asociados a constantes inspecciones y los expedientes sancionadores derivados de ellas". Pero lo peor, según la cadena, no ha sido eso. "Durante todo este tiempo, las empresas de distribución españolas se han visto constreñidas al diseñar sus estrategias comerciales y limitadas en el ejercicio de su derecho a la libre fijación de precios, expresión del principio de libertad de empresa".

Y lo peor, según señala Dia, es que todo ello ha provocado un perjuicio a los clientes y consumidores, que "en ocasiones se han visto privados, seguramente, de mejores condiciones de acceso a los productos".

Denuncias

Dia ha sido denunciada en los últimos años en numerosas ocasiones, fundamentalmente, por la venta a pérdidas de aceite o leche, y más recientemente también de arroz. La empresa se ha enfrentado de forma abierta tanto a la industria como a las principales organizaciones agrarias y ganaderas y ha negado en todo momento que estuviera incumpliendo la legislación vigente; sí que ha defendido, sin embargo, su derecho a poder ofrecer los mejores precios posibles a los consumidores.

Aunque la sentencia del Tribunal de Luxemburgo tiene solo unos meses, el problema de fondo es de hace trece años años. Fue en 2005 cuando la directiva europea estableció de una forma clara y precisa cuáles son las prácticas desleales en las relaciones comerciales, y que pueden, por lo tanto prohibirse de un forma generalizada, sin necesidad de un examen previo.

La cuestión es que ese listado, con un total de 31 prácticas irregulares, no incluyó en ningún momento la venta por debajo de costes, prohibida en España desde el año 1996 por la Ley de Ordenación del Comercio Minorista con carácter general, salvo en dos excepciones: cuando se trate de productos perecederos que estén próximos a su fecha de caducidad o cuando se trate de acercar los precios a los de otros competidores. La batalla, de este modo, sigue abierta.