La Justicia exculpa al urbanista de la ciudad financiera del Santander
- El Supremo rechaza acusaciones de delito fiscal y blanqueo de capitales
Xavier Gil Pecharromán
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra el arquitecto, Leopoldo Arnáiz, por blanqueo de capitales y delito contra la Hacienda Pública, por los beneficios obtenidos por sus trabajos como consultor privado del Banco Santander en el proceso de urbanización de su Ciudad Financiera.
La Abogacía del Estado - que actuaba en representación de la Agencia Tributaria- y la Asociación Transparencia y Justicia han sido condenadas a pagar las costas judiciales como consecuencia de la desestimación del recurso. El litigio afectaba también a otras cuatro personas más, que también han quedado definitivamente exculpadas: onstantino Díaz González, Maria Teresa Moya Martín, Félix Ruiz Salinas y María Rosa llano González.
La sentencia, de 27 de abril de 2017, de la que es ponente el magistrado Jorge Barreiro, establece que no puede imputarse un delito que consiste en defraudar a Hacienda eludiendo el pago de un tributo cuando "los acusados no tenían la condición de obligados tributarios en relación con la suma que no generaba renta para ninguno de ellos, ni como personas físicas".
Arnáiz, redactor público del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Boadilla del Monte e investigado en diversos litigios por corrupción, de los que ha ido siendo excluido o exculpado, según se han ido celebrando, con la intención de no figurar ante la opinión pública en el cobro de las facturas pagadas por el Banco de Santander por los servicios de asesoramiento, utilizó un entramado de sociedades, en el que figuraban el resto de los encausados como testaferros.
Traspaso de los derechos
Las sociedades fueron adquiriendo y traspasando el derecho de cobro, mediante compraventa de participaciones sociales, sin llegar a ingresar el dinero, hasta llegar a la sociedad Copae por la que Arnáiz tributó 420.000 euros en el Impuesto sobre Sociedades por los 1,9 millones de euros percibidos del Banco de Santander .
En el año 2009, la Agencia Tributaria se querelló por blanqueo de capitales como consecuencia de estas operaciones. Sin embargo, la Fiscalía retiró la acusación al considerar que los hechos no eran constitutivos de delito. Sin embargo, la Abogacía del Estado y la asociación mantuvieron sus acusaciones, con solicitud de penas de prisión y multa de 900.000 euros. El Ayuntamiento de Boadilla, mientras tanto, se personó como perjudicado argumentando que varias empresas de Arnaiz debían a las arcas públicas 2,6 millones de euros en impuestos, pero finalmente se adhirió a la solicitud de libre absolución de los acusados, solicitada por el fiscal.
La Audiencia Provincial de Madrid absolvió a los cinco acusados, en sentencia de 31 de mayo de 2016. Y contra esta sentencia se presentó el recurso de casación contra el que se opusieron tanto la fiscalía como las cinco defensas.
El TS considera que la argumentación del abogado del Estado "no tiene todo el bagaje probatorio que ha utilizado el tribunal de instancia para llegar a tal conclusión" y concluye que "la Jurisprudencia de esta Sala establece en sus resoluciones que para que la prueba documental modifique los hechos declarados probados no puede entrar en contradicción con otros que figuren en la causa" y, además, afirma "aplica indebidamente la doctrina del levantamiento del velo para prescindir indebidamente de la personalidad jurídica y de las atribuciones patrimoniales voluntariamente creadas".
Leopoldo Arnáiz sobrevive a 15 años de juicios
El arquitecto y funcionario en excedencia de la Comunidad de Madrid, Leopoldo Arnáiz, se ha convertido en los últimos 15 años en un asiduo de los tribunales. Sin embargo, ha sido exculpado de imputaciones por delitos de negociación prohibida a funcionario público y uso de información privilegiada en los casos de la Ciudad Financiera del Santander y Alcorcón. Fue absuelto de la acusación de estafa por una exsocia y ha quedado fuera de la trama Gürtel en la que se trató de relacionarle.