Empresas y finanzas

Los bancos deberán dar acceso a una cuenta a cualquier ciudadano europeo

  • Deberán ofrecer servicios básicos: retirada de efectivo, transferencias ...
  • Llega a iniciativa de la UE y su trasposición se articulará en ley
  • Las comisiones, mínimas, deberán ser comparables con otros países europeos
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Eva Contreras, elEconomista.es

El Gobierno regulará la cuenta bancaria básica, una cartilla con unos servicios de uso y pago mínimos y un régimen de comisiones comparables entre proveedores nacionales y del resto de Europa. El proyecto llega por aplicación de la directiva de 2014/92, cuya trasposición articulará en ley una vez oído al sector sobre ciertos aspectos.

Europa quiere barrer con las fronteras nacionales que impiden el libre movimiento de fondos entre cuentas o la simple apertura para ciertos colectivos en determinadas jurisdicciones. Para remover estas restricciones, el Gobierno ha identificado varios objetivos a cubrir por la norma que ha puesto a consulta del sector.

El primero es garantizar que cualquier ciudadano pueda abrir y usar una cuenta básica, aunque no tenga domicilio fijo, sea solicitante asilo o carezca de permiso de residencia. El producto ofrecerá unos servicios básicos: depósito, retirar efectivo, ordenar adeudos, transferencias y pagar con tarjeta; y sus comisiones no podrán estar sujetas a un uso determinado. Otro objetivo es que el consumidor pueda realizar traspasos de información y fondos entre cuentas, aunque sean de distintos proveedores. El tercer eje principal es favorecer la comparabilidad, algo que exigirá fijar una terminología y tarifas homologables en Europa.

Se prevé que las entidades ofrezcan una información precontractual y detalle anual de los costes incurridos, crear webs comparadoras de cuentas y que una autoridad vele por la correcta aplicación.

Dado que muchos aspectos recogidos en la norma se refieren a materias reguladas con rango de Ley, es necesaria la aprobación de esta propuesta para dar cumplimiento parcial al citado mandato. En la misma existen diferentes opciones que los Estados miembros pueden adoptar o no. Se trata de alternativas variadas y se refieren a aspectos diferentes.

Entre ellos está "el establecimiento o no" de comisiones por la prestación de los diferentes servicios prestados en las cuentas de pago básicas, así como los criterios para determinar, en su caso, los regímenes de comisiones que las entidades deberán aplicar. Esta alternativa podría dar lugar a cuentas básicas gratuitas, pero esa es una opción que no está definida y debe decidir cada Estado miembro.

Por ello, indica que las diferentes opciones nacionales serán objeto de estudio durante la tramitación de la norma, al objeto de elegir la alternativa más acertada.