La aplicación del 155 en Cataluña podría conllevar la suspensión del 'president'Pocas dudas hay al respecto ante la falta de interlocutores con el Govern catalán. A estas alturas, el Gobierno de España da por amortizado a Carles Puigdemont, mientras Oriol Junqueras va sumando puntos para convertirse en irrelevante, aunque todavía guarda opciones, constatan en el PP. Sin embargo, desde el PP y también desde C's se ha llegado a hablar de nombres que podrían desinflar el conflicto abierto en Cataluña. Una persona que desempeñe el papel de president en funciones, quizás, en el caso de que el artículo 155 se impusiera definitivamente como aplicación de la ley; o alguien que sirviera de enlace entre las partes, ahora que la división en las filas independentistas es la tónica dominante, razón por la que este "trompazo" puede desencadenar una crisis que acabe dinamitando el plan soberanista, (ésta es una tesis optimista). Pese a todos los obstáculos, en el fondo, entre los tantísimos escenarios, éste trataría de encontrar un perfil moderado, contemporizador, con puentes con los constitucionalistas, y que al tiempo no resulte agresivo en Cataluña. Para los populares, no todos los independentistas son iguales. Ni siquiera en el Congreso. "No es lo mismo Rufián que Tardá", apuntan. Aún así, hay que destacar que esta opción siempre dependerá de la hoja de ruta de la Generalitat y del sujeto vigilante y absolutista de la CUP. Las dudas de Gobierno y PSOE Las dudas que manifiestan Gobierno y PSOE sobre la conveniencia de aplicar el artículo 155 pueden quedar disipadas si el bloque independentista del Parlament de Cataluña consuma el desafío y declara la independencia. En ese caso, la intervención de la autonomía puede convertirse en una opción inevitable para reestablecer el orden constitucional y el respeto a la ley. No en vano, es el mecanismo que nuestro ordenamiento prevé para la situación actual: en el caso de que una comunidad autónoma no cumpla con sus obligaciones legales y constitucionales o que atente gravemente al interés general. El 155 no se ha aplicado nunca y carece de desarrollo legal, lo que suscita dudas sobre su alcance y procedimiento. El precepto habilita al Gobierno, previa autorización por mayoría absoluta del Senado, a adoptar las "medidas necesarias" para forzar a la comunidad autónoma a cumplir con sus obligaciones y el interés general. Y, ¿qué decisiones están amparadas dentro del concepto "medidas necesarias"? Según el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, Ignacio Villaverde, al tratarse de una medida coercitiva debe interpretarse de modo restrictivo, pero, en función de la gravedad de los hechos, podría llegar a suspenderse la Generalitat o el Parlament, u ordenarse la sujeción de los Mossos a la Dirección General de la Policía Nacional. Villaverde, no obstante, apunta que "la finalidad no es suspender la autonomía sino restablecer el orden constitucional", por lo que la actuación del Ejecutivo no debe extenderse más allá de lo necesario. Antes de solicitar la autorización del Senado, el 155 exige que el Gobierno remita al presidente de la comunidad autónoma díscola un "requerimiento" para que deponga su actitud. La respuesta que ofrezca, en este caso, Puigdemont, puede ser determinante para la definición del alcance de las "medidas necesarias".