La inversión en banca, más rigurosa
elEconomista.es
La nueva circular de la CNMV sobre instrumentos financieros complejos va a cambiar la manera en que un inversor podrá solicitar a su bróker que compre acciones o bonos puestos en circulación por bancos.
La adquisición dejará de ser instantánea, ya que a partir de ahora será necesario dejar constancia de que el cliente sabe que el valor de esos activos puede reducirse a cero, en caso de que el banco que los emite se encuentre en una situación comprometida y sea necesario su rescate por las autoridades nacionales o europeas.
Un primer examen llevaría a concluir que esta medida busca desarmar a los afectados de una intervención como la que sufrió Popular, a la hora de presentarse ante un tribunal. Frente a ese argumento, cabe aducir, en primer lugar, que la circular de la CNMV empezó a elaborarse en 2016, y es fruto de una recomendación de los supervisores financieros de la UE, muy anterior a la tan polémica crisis que acabó sufriendo el banco entonces presidido por Emilio Saracho.
Pero lo más importante es que la nueva disposición en ningún caso cuestiona la legitimidad del pequeño accionista a la hora de reclamar los daños y perjuicios que haya sufrido ante un juez. No podría tolerarse que fuera de otra manera, ya que se atentaría contra un derecho fundamental del inversor y se dejaría a este último indefenso ante los casos futuros de mala gestión que pudieran darse en los bancos que han emitido los bonos y las acciones que posee.
Lo que sí puede afirmarse es que al inversor en banca se le demandará, a partir de ahora, más rigor y conocimiento, en línea con las mayores exigencias que también se reclaman en otras operaciones financieras, como la firma de hipotecas.