Declaración de la renta

Por qué es tan importante la casilla 461 de la Renta y en qué casos funciona

Foto: EP.

elEconomista.es

La Campaña de la Renta comienza este miércoles 3 de abril y alterará de alguna forma la vida de aproximadamente 23 millones de contribuyentes (los que presentaron declaración en 2023, según los datos de la Agencia Tributaria) que han de saldar cuentas con Hacienda respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el IRPF.

La obligación de presentar la declaración de la Renta (salvo las excepciones contempladas por la ley) es común a todos los ciudadanos, con independencia de su situación personal y familiar. Sin embargo, estas condiciones sí pueden afectar a las opciones de hacer la declaración de los contribuyentes.

Es en este contexto en el que entra en juego una de las casillas destacadas del borrador de la Renta: la casilla 461, destinada a los contribuyentes que se decanten por una declaración conjunta.

La declaración conjunta es aquella que un contribuyente realiza con diferentes miembros de su unidad familiar y es la segunda y última opción para declarar, junto a la individual. Esta opción suma los ingresos de los miembros de la unidad familiar pero a cambio permite a los contribuyentes reducciones en su base imponible.

Qué contribuyentes pueden realizar una declaración conjunta en la Renta

Los explica la Agencia Tributaria en su página web, en la que incluye a los siguientes grupos de contribuyentes como los únicos que pueden optar por declaraciones conjuntas:

  • Los cónyuges con vínculo matrimonial con todos sus hijos menores de edad o mayores de edad pero incapacitados judicialmente.
  • En las parejas de hecho sin vínculo matrimonial solo podrá hacer declaración conjunta uno de los dos miembros con todos sus hijos menores o mayores de edad incapacitados judicialmente. El miembros restante tendrá que hacerla de forma individual.
  • En separaciones o divorcios la persona que tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del IRPF será la que pueda tributar de forma conjunta con sus hijos menores de edad y mayores de edad incapacitados judicialmente.
  • En los supuestos de guarda y custodia compartida cualquiera de los dos progenitores podrá optar por la tributación conjunta, aunque si uno de ellos lo elige, el otro tendrá que hacerlo de forma individual.

Los beneficios en la Renta de la tributación conjunta

Acogerse a la tributación conjunta tiene una ventaja: conseguir reducciones en la base imponible del impuesto. Estas deducciones dependen del tipo de unidad familiar:

  • La reducción es de 3.400 euros anuales para matrimonios no separados legalmente.
  • La reducción es de 2.150 euros anuales en unidades monoparentales formadas por padre o madre no casado, viudo o separado legalmente.

En qué casos conviene hacer la Renta en declaración conjunta

Los beneficios de la tributación conjunta son especialmente significativos cuando uno de los dos cónyuges no ha recibido ingresos o ha recibido ingresos muy escasos en el ejercicio fiscal. También cuando uno de los dos ha recibido solamente rentas exentas, por ejemplo.

¿La razón? Que en el resto de casos "las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar se someterán a gravamen acumuladamente" y conllevarán un peor resultado en la declaración en circunstancias normales.