La banca pide al Gobierno que regule el vencimiento anticipado del crédito
- La demanda clave del sector es que se garantice la seguridad jurídica
Eva Contreras
La banca desea poner fin a la avalancha de fallos judiciales que colocan en tela de juicio día a día nuevas cláusulas hipotecarias, en perjuicio de sus cuentas y, sobre todo, amenazando el normal funcionamiento de esta financiación.
El Gobierno, a través de los ministerios de Economía y Justicia, requirió al sector hace escasos días opinión sobre la ley que ultima para dichos préstamos y, en su respuesta, la demanda clave es que establezca reglas que garanticen la seguridad jurídica, además de mejorar los mecanismos de protección del consumidor.
En el documento elevado al Ejecutivo las entidades abogan por regular de forma específica algunos aspectos cuestionados por los tribunales: las cláusulas de vencimiento anticipado, los gastos de constitución de las hipotecas, los intereses moratorios y los índices de referencia para fijar los precios, con el deseo de que quede claramente recogido lo absurdo de que un banco acabe pagando al cliente por su deuda si el indicador usado se derrumba tanto como para comerse el diferencial aplicado en el precio.
La entrada en negativo del euríbor ha empujado, de hecho, a las entidades a exigir ya a sus clientes una renuncia expresa a dicho interés en los nuevos contratos y los jueces parecen coincidir en la irracionalidad de tener que pagar a un cliente por su deuda, pero no hay norma escrita aún que lo garantice.
Un foco importante de preocupación son las cláusulas de vencimiento anticipado que permiten al banco o caja dar por vencida la totalidad de la deuda antes del plazo acordado para su devolución si el cliente deja de pagar la cuota de amortización. La norma previa a la Ley 2/2013 de 14 de mayo capacitaba a resolver al mes del impago, aunque los tribunales han venido exigiendo ampliarlo a tres meses antes de poner en marcha el procedimiento de ejecución, en línea con la práctica real bancaria.
Pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló en enero en su contra y resolvió que pueden ser anuladas si así lo estima el juez, al considerar que un mes es tiempo insuficiente para examinar la abusividad de eventuales cláusulas contenidas en el contrato. El Supremo pidió hace pocos días a la misma Corte de Luxemburgo aclaración sobre la interpretación que la normativa comunitaria realiza sobre esta cláusula. La banca se ha mostrado favorable a extender el plazo a seis meses, el doble de lo considerado adecuado por la justicia española, indicaron fuentes al corriente de la respuesta al Gobierno.
Las entidades piden además claridad sobre los costes de constitución de la hipoteca que el Supremo falló que deben repartirse cliente y entidad -registro, notarios, impuestos, etc-. No sugiere una fórmula de asignación, sino que se regule para evitar interpretaciones jurídicas dispares. Algo parecido ocurre con los indicadores de referencia, a la luz del conflicto generado con el IRPH.
En el extenso documento enviado al Gobierno, el sector va más allá y defiende la bondad del mercado hipotecario como está regulado ante el temor de que lo que era en origen la transposición de una directiva que respetaba sus bases, trastoque sus pilares o deje aspectos claves al albur de interpretaciones jurídicas que lo pongan en riesgo.