Condenan a Pelayo a indemnizar con 1,6 millones para pagar los gastos protésicos futuros de un motorista
- La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de la aseguradora
- El demandante sufrió un grave accidente que provocó la amputación de una de sus piernas
Aitor Caballero Cortés
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia firme contra la aseguradora Pelayo, que tendrá que indemnizar a un motorista con un montante de casi 1,6 millones de euros para los gastos protésicos presentes y futuros que le supuso el accidente, ya que sufrió un accidente que provocó la amputación de su pierna derecha.
Los hechos se remontan al mes de mayo de 2022, cuando un vehículo invadió el carril contrario de la M-407, una vía de la Comunidad de Madrid, y se produjo una colisión lateral que llevó al motorista a chocarse contra el guardarraíl. La gravedad de la lesión finalmente obligó a la amputación de la pierna.
Por ello, Pelayo, que aseguraba al conductor causante del accidente, indemnizó al reclamante antes de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia con una cantidad de 700.000 euros, en vistas de que la aseguradora reconocía así su responsabilidad en el siniestro. Sin embargo, el reclamante consideró insuficiente dicha cantidad y presentó posteriormente una demanda para una mejora en las condiciones.
Dicho Juzgado dictó una sentencia cuyo fallo condenó a la entidad a indemnizar con otros 800.000 euros al motorista sobre los 700.000 ya abonados, en vista de la insuficiencia de dicha cantidad. También se le impuso a la compañía los intereses moratorios, cifrados en casi 100.000 euros. Pelayo interpuso un recurso de apelación contra la sentencia y la parte demandante presentó la oposición al recurso que finalmente fue escuchada.
El origen del conflicto en cuanto a la indemnización es por la reclamación del motorista de la necesidad de tres tipos de prótesis: una de uso habitual, una para actividades deportivas y otra específica para el baño. La aseguradora solo reconocía la necesidad de dos de ellas, pero la Audiencia Provincial desestimó su recurso y dio la razón al afectado.
El tribunal fundamentó su decisión en cuatro puntos principales. El primero de ellos fue la prevención del deterioro de las prótesis, ya que usarlas en condiciones de baño no es prudente y avanzará el deterioro de las mismas "exponiéndolas innecesariamente". El órgano también entiende que la disposición de tres prótesis le da al afectado una mayor calidad de vida y mitiga las consecuencias del accidente.
Los otros dos puntos en los que incidió el tribunal fueron más de naturaleza económica. Primeramente habló de la "incongruencia" del baremo de lesiones, ya que "no refleja el coste real de las prótesis necesarias". Además, tampoco tiene en cuenta el aumento de los precios por las mejoras en las prestaciones del producto y por los avances tecnológicos, por lo que recalca que "la capitalización de los gastos es más adecuada que una indemnización periódica, que podría quedar desactualizada".
Sienta precedente
La sentencia también abordó la posibilidad de que la encargada de la cobertura fuera la mutua laboral Fremap, aunque el tribunal aclaró que esto no exime a la aseguradora del vehículo de la responsabilidad en la cobertura de gastos protésicos.
Es aquí donde realmente esta sentencia sienta un precedente relevante en la responsabilidad de las aseguradoras en accidentes de tráfico. La Audiencia Provincial de Madrid ha reafirmado que las víctimas tienen derecho a una reparación integral que contemple sus necesidades reales, especialmente en casos de lesiones graves como amputaciones.
En declaraciones a este medio, el letrado del caso, Abelardo Moreno del despacho de Neurolegal, dijo que "esta sentencia es un paso importante para que las víctimas de accidentes de tráfico que sufren lesiones graves reciban los componentes necesarios para recuperar su calidad de vida en la medida de lo posible. Para ello, es primordial que las aseguradoras asuman su responsabilidad y proporcionen los recursos necesarios".