Banca y finanzas

Las empresas se movilizan para cambiar la ley y evitar que se impongan las demandas colectivas de EEUU

  • Buscan a través de la CEOE enmendar la normativa en el Congreso para que no vincule por defecto a todos los afectados
     
  • Temen que genere una industria de fondos de litigación en perjuicio de los consumidores y de las compañías
     
  • Solicitan aplicar el mismo sistema que Alemania, Francia, Italia o Polonia
     
Carguero derribando el puente de Baltimore en EEUU, uno de los últimos eventos que ha originado demandas colectivas

Eva Contreras

La futura ley de demandas colectivas planteada por el Gobierno ha caído como un jarro de agua fría entre el empresariado. Las patronales de diferentes sectores se han movilizado y buscarán cambiar el texto en su tramitación parlamentaria para, sobre todo, evitar que se imponga un sistema similar al vigente en Estados Unidos, donde florece una "industria de la litigación" porque los afectados quedan vinculados por defecto a una demanda colectiva con solo su presentación.

En su defecto, abogan por el modelo de implantación mayoritario en Europa, donde cada ciudadano elige de manera voluntaria si se adhiere o no a las diferentes demandas que se presenten o, incluso, puede litigar de manera autónoma. El temor es que, como en Estados Unidos, fomente la creación de esa "industria de la litigación" promovida por fondos especializados en interponer pleitos, con elevados riesgos para las compañías y sin las garantías sobre la adecuada defensa de los consumidores.

Extremos sobre los que ya han alertado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Económico y Social o asociaciones de consumidores como OCU o Facua, que también abogan por el modelo de inclusión voluntaria adoptado por Francia, Alemania o Italia y prevé incorporar Polonia.

Incluso Dinamarca ha aprovechado la directiva europea que obliga a regular las acciones colectivas para incorporar este último mecanismo (denominado en la jerga técnica como opt-in) frente al que tenía, similar al modelo procesal americano (opt-out).

Farma, autos y alimentación

A tal efecto, las diferentes patronales han remitido sus argumentos a la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) para canalizar la propuesta. Las industrias más expuestas a las demandas colectivas son las de gran consumo, donde una denuncia pueda extenderse a miles o millones de consumidores, como sería el sector farmacéutico y de salud; el automovilístico, las compañías de alimentación y gran consumo, el sector energético y el financiero, incluido el bancario y asegurador.

"Al final, lo que estamos haciendo es una nueva "ñ" y España se convertiría en una rara avis de mantenerse el mecanismo elegido y que no aplica en ninguna de las grandes economías del euro", indican fuentes consultadas.

Fuentes conocedoras de los trabajos de CEOE señalan a elEconomista.es que entre las mayores reticencias alertan de que el sistema elegido por el proyecto de ley "daña la tutela judicial efectiva de los consumidores"

Una vez interpuesta una demanda afecta a todos, "salvo que levanten la mano para decir que quieren estar fuera, pero para eso tienen que tener el conocimiento de que se ha interpuesto la demanda y, aunque establece unos mecanismos de información, la realidad es que a veces resulta difícil saber que te han incluido", explican.

El proyecto de ley prevé una plataforma electrónica para acreditar la desvinculación en un plazo de dos a seis meses. "Con el sistema de opt out es difícil que puedan ser consciente de los impactos de la demanda, especialmente los más vulnerables, y perderían el derecho de poder interponer una acción individual porque la acción colectiva le arrastra sin poder elegir al letrado que mejor les represente", agregan.

Además el sistema aleja las posibilidades de una solución pactada individual, al judicializar la relación entre la compañía y el consumidor. A diferencia de este mecanismo donde la primera demanda cierra el paso a otras por darse el caso como juzgado, el modelo elegido por otros países exige la vinculación voluntaria, pudiendo interponerse diferentes demandas colectivas o individuales si lo prefiere el afectado. Algunos países mantienen, incluso, las demandas abiertas hasta cerca del fallo para facilitar la adhesión.

Los trabajos de CEOE apuntan especial preocupación por el fomento de los fondos internacionales de litigación, que actualmente no existen en España y en Estados Unidos promueven demandas colectivas o las financian. El Proyecto les reconoce además expresamente un porcentaje del dinero que recuperen con el litigio, con independencia del número de ciudadanos que efectivamente se beneficien de la acción.

Las empresas temen que fomente una carrera por interponer la primera demanda para arrastrar a la totalidad de consumidores y "obtener el mayor retorno posible", con bajos incentivos para darla a conocer a los afectados y evitar así que puedan ejercer su derecho a desvincularse. Más bien al contrario, se incentiva el comunicar la acción al menor número posible de consumidores para maximizar sus réditos, evitando que se desliguen.

Desaparecer asociaciones de consumidores

Además avisan del riesgo de que desaparezcan las asociaciones de consumidores como hoy las conocemos y acaben convertidas en instrumentos de litigación de los fondos. "Si, por el contrario, se elige la alternativa seguida en otros países de la UE, la organización de consumidores tendrá un incentivo a comunicar la acción", explican.

Uno de los grandes focos de preocupación entre las empresas es el potencial impacto contable. La normativa exigiría a las compañías ingresar una cantidad en el Juzgado por el conjunto de consumidores que pudieran verse afectados, con independencia del sentido de la sentencia o si el resarcimiento acaba siendo o no en efectivo, con facturas que podrían alcanzar cientos de millones de euros. Temen el incentivo perverso de que les obligue a alcanzar acuerdos perjudiciales y acabe por dañar además su reputación.

Un 57% de las indemnizaciones para abogados

En EEUU los principales beneficiarios de las demandas colectivas son los fondos de litigación y los bufetes. Según Swiss Re, hasta el 57% de los costes legales e indemnizaciones los cobraron los abogados, financiadores y otros expertos, y solo llegó el 21% a los consumidores.

Otros estudios elevan entre el 60 y 87% los procesos que se resuelven sin compensación y cifran en porcentajes mínimos los consumidores que se desvinculan por no estar interesados o, simplemente, porque desconocen la interposición de la acción porque el demandante carece de incentivo para comunicarla.

Según un estudio de la U.S. Chamber of Commerce Institute for Legal Reform, solo el 4,91% de los consumidores representados en una acción colectiva con derecho a indemnización entre 2019 y 2020 la recibieron en EEUU, y únicamente en dos casos se superó el 15%. Según otro estudio del Consumer Financial Protection Bureau, la compensación media recibida por los afectados era de 3,25 dólares cuando los honorarios medios de los bufetes rondó el millón de dólares.