Aragón
Dock 39 deberá readmitir a un trabajador con contrato indefinido
elEconomista.es
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha declarado nulo el despido de un trabajador de la empresa Top 30 SL, en su filial Dock 39 de Zaragoza, por lo que deberá reincorporarse a su antiguo puesto de trabajo a jornada completa y con carácter indefinido.
Este trabajador fue despedido tras la creación de la Sección Sindical de CNT en Dock39 y denunciar la falta de seguridad e higiene en las instalaciones situadas
en el Centro Comercial Puerto Venecia de Zaragoza, así como el carácter fraudulento de sus contratos, que encadenaba de manera semanal, según han explicado desde el sindicato.
Las carencias que se expusieron en la denuncia a Inspección de Trabajo (IT) sobre riesgos laborales fueron, entre otras, arneses que no ajustan debidamente en el
rocódromo lúdico y sirgas desgastadas y peladas por el tiempo; acumulaciones de suciedad en el parque de bolas, mosquetones y líneas de vida estropeadas; falta de formación en seguridad de la plantilla; revisiones diarias ignoradas por la empresa; ratios de participantes inabarcables... entre otras.
Tras estos hechos, la dirección de la empresa decidió despedir al trabajador así como a dos de sus compañeros pertenecientes también a la Sección Sindical de CNT. Los tres trabajadores "demandaron argumentando padecer represión sindical ya que si no hubieran realizado acción sindical la empresa no los habría cesado. De los tres despedidos y despedidas dos están todavía a la espera de juicio, mientras que el otro deberá ahora reincorporarse a su puesto de trabajo", indican desde el sindicato.
Mientras la empresa se reunía con los trabajadores en el SAMA "pensando que aceptarían una compensación económica, en el centro de trabajo crecían los rumores provenientes de la dirección en contra del sindicato, diciendo que dichos trabajadores no fueron despedidos sino que se les había acabado el contrato y que el sindicato estaba haciendo una campaña de desprestigio (exigiendo a las puertas del centro comercial mediante manifestaciones y concentraciones la readmisión de las personas despedidas)", señalan desde la organización sindical.
Ahora la sentencia obliga a readmitir a este trabajador, después de que la empresa le haya abonado los salarios de tramitación correspondientes al tiempo que tenía que haber estado trabajando desde el día de su cese.