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Vuelta al cole 2025: la lista de gastos escolares que se pueden deducir en la declaración de la renta en España según la comunidad
- Los españoles gastarán 425 euros de media, aunque hay estudios que apunta a 500, en la compra de material escolar
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elEconomista.es
Llega septiembre y con él la vuelta al cole para millones de niños españoles, cuyas familias gastarán 425 euros de media para comprar materiales, libros, mochilas y demás artículos, aunque algunos estudios señalan que el desembolso podría dispararse por encima de los 500 euros.
Imaginemos una familia con dos hijos en edad escolar que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), teniendo en cuenta que se encuentra en 1.184 euros mensuales, en septiembre tendrán que dedicar hasta el 84,6% de su salario solo para la compra de material escolar. En aras de paliar este inmenso desembolso, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha elaborado una lista con las deducciones a las que pueden acogerse los padres según la comunidad autónoma de residenca para aliviar la carga económica que les puede suponer la vuelta al cole.
En varias autonomías es posible deducir en la declaración de la renta los gastos relacionados con la escolarización de los hijos, eso sí: guardando siempre los justificantes. Aunque las condiciones necesarias para aprovechar la reducción no siempre son idénticas, están disponibles en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid y Murcia.
A continuación se recogen las deducciones por gastos escolares por autonomía:
Andalucía
Los contribuyentes andaluces pueden deducirse hasta 150 euros anuales por cada descendiente que acuse gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, ocurran tanto en el centro docente como en academias y escuelas oficiales de idiomas.
Para tener derecho a la deducción, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no pueden superar los 80.000 euros si se presenta declaración individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta. Así, la rebaja se practicará por el contribuyente que pague en efectivo los gastos.
Aragón
Por su parte, los aragoneses podrán deducirse la compra de material escolar (no se incluyen tabletas ni ordenadores por norma general) y libros de texto así como las clases de apoyo o refuerzo:
- Deducción por compra de material escolar y libros de texto:
- Declaración conjunta para familia no numerosa. Hasta 100 euros por hijo.
- Declaración conjunta para familia numerosa. Hasta 150 euros por hijo.
- Declaración individual para familia no numerosa. Hasta 50 euros por hijo.
- Declaración individual para familia numerosa. Hasta 75 euros por hijo.
- Deducción por clases de apoyo o refuerzo:
- Declaración conjunta para familia no numerosa. Hasta 200 euros por hijo.
- Declaración conjunta para familia numerosa. Hasta 300 euros por hijo.
- Declaración individual para familia no numerosa. Hasta 100 euros por hijo.
- Declaración individual para familia numerosa. Hasta 300 euros por hijo.
Asimismo, para los contribuyentes que durante 2025 y en los cuatro siguientes residan en asentamientos rurales con alto riesgo de despoblación se incrementa la deducción en un 20%. Para aplicar todas estas deducciones autonómicas el pago debe realizarse mediante tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria, quedando excluidos los pagos en efectivo.
Asturias
Se pueden deducir los importes de la compra de libros de texto para sus descendientes de primaria y la ESO, así como las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar con un máximo de:
- Declaración conjunta para familia no numerosa. Hasta 100 euros por hijo.
- Declaración conjunta para familia numerosa. Hasta 150 euros por hijo.
- Declaración individual para familia no numerosa. Hasta 50 euros por hijo.
- Declaración individual para familia numerosa. Hasta 75 euros por hijo.
Baleares
Se pueden deducir los gastos en libros de texto del segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos de FP específica. Por cada hijo que curse estos estudios las familias de Baleares podrán deducirse un máximo de 220 euros por hijo, 350 en el caso de familias numerosas o monoparentales y contribuyentes menores de 30 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Además, por cada hijo que estudie idiomas de forma extraescolar, se deducen 110 euros. Asimismo, cumpliendo ciertos requisitos, se aplica una deducción de 1.800 euros por cada descendiente que dependa económicamente del contribuyente y curse, fuera de la isla del archipiélago balear, estudios universitarios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, etc.
Canarias
Los contribuyentes podrán deducirse por las cantidades pagadas por la compra de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo, hasta un máximo de 133 euros, por el primer descendiente y de 66 euros adicionales por cada uno de los restantes. Se aplica a Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y FP de Grado Medio.
También, cumpliendo ciertos requisitos, los canarios podrán deducirse hasta 1.920 euros por cada descendiente soltero menor de 25 años que dependa económicamente del contribuyente y curse estudios de educación superior fuera de la isla en la que resida habitualmente el contribuyente, 900 euros cuando el hijo se traslade de domicilio dentro de la misma isla.
Cantabria
En Cantabria se pueden deducir el 100% de lo pagado por los gastos de la compra de libros de texto y el 15% por la enseñanza de idiomas como actividad extraescolar (siempre que estos gastos de educación no se paguen en efectivo). Con todo, la suma de estas dos deducciones no puede superar los 200 euros por unidad familiar.
Si el contribuyente reside en municipios de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico, puede deducirse 200 euros por cada hijo estudiante menor de 25 años, que no tenga rentas anuales iguales o superiores a 8.000 € y que curse estudios de bachillerato, formación profesional o enseñanzas universitarias fuera de la población.
Castilla-La Mancha
En esta comunidad se puede deducir lo pagado al comprar libros de texto y el 15% del coste de la enseñanza de idiomas como actividad extraescolar, las clases de refuerzo y apoyo y los gastos de estudio y residencia fuera del municipio de la unidad familiar por no existir en ese lugar oferta educativa. Los límites quedan de la siguiente forma:
- Declaración conjunta para familia no numerosa. Hasta 200 euros por hijo.
- Declaración conjunta para familia numerosa. Hasta 300 euros por hijo.
- Declaración individual para familia no numerosa. Hasta 100 euros por hijo.
- Declaración individual para familia numerosa. Hasta 150 euros por hijo.
Comunidad Valenciana
Por gastos de adquisición de material escolar pagados con tarjeta, cheque o transferencia, se pueden deducir 110 euros por cada hijo. Eso sí, para aplicarla se exige que el contribuyente esté en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo.
Extremadura
Los contribuyentes extremeños podrán deducirse 15 euros por la compra de material escolar por cada descendiente a cargo en edad escolar obligatoria, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en conjunta, no aplicándose ningún límite a las familias numerosas.
Madrid
En Madrid se puede deducir el 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso excluso escolar (uniformes) y el 15% de los gastos de enseñanza de idiomas así como los de escolaridad obligatoria. Se establecen unos límites de 412,40 euros por cada hijo por cualquiera de los dos primeros conceptos o de ambos, y de 927,90 si se deduce además por gastos de escolaridad o solo por estos. Para los hijos escolarizados en el primer ciclo de Infantil, la cantidad máxima aumenta a 1.031 euros por cada uno.
Murcia
La adquisición de material escolar y libros de texto del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria da derecho a deducir 120 euros por cada hijo. Asimismo, se podrán deducir el 15% de los gastos pagados por el aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros con un límite de 300 euros por hijo.