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Un trabajador consigue una indemnización de más de 218.000 euros después de que la empresa vulnerase su derecho preferente a regresar tras excedencia voluntaria

Un trabajador en su puesto | Foto: iStock

Paula Carreño

Un hombre ha conseguido que su empresa le pague 218.367,52 euros de indemnización tras una sentencia pionera del Tribunal Supremo que, amparándose en el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, le ha reconocido su derecho preferente a reincorporarse tras una excedencia voluntaria después de que la propia compañía se lo negase en repetidas ocasiones porque "no había vacantes".

No obstante, este argumento ha resultado falso tras constatar que, en los últimos meses, varios trabajadores temporales se habían convertido en indefinidos antes de la reincorporación del afectado, vulnerándose así la mencionada ventaja legal que le compete.

Todo empieza en 2004

Aunque la sentencia es relativamente reciente, los hechos se remontan nada más y nada menos que a septiembre de 2004, cuando un trabajador con más de 15 años de antigüedad en su empresa solicitó una excedencia voluntaria. Todo era normal hasta que pidió reincorporarse, algo que llevaba intentando desde 2006 pero que nunca conseguía porque la compañía argumentaba no tener vacantes.

Sin embargo, tal y como se detalla en la resolución del caso, lo cierto es que durante el tiempo en el que el trabajador estuvo de excedencia voluntaria, la empresa había convertido en indefinidos a múltiples temporales. En concreto, en 2010 pactó convertir en fijos hasta a 45 trabajadores de categoría especialista, la misma del afectado.

Fue entonces cuando decidió iniciar un proceso judicial al sospechar que estaba siendo despedido por negarle regresar a su puesto. Se inicia así un proceso judicial que se alargará durante varios años.

Se vulnera el Estatuto de los Trabajadores

En la primera demanda el trabajador afirmó que había solicitado su reincorporación antes de que estos temporales se transformasen en fijos, contratos que además eran de puestos compatibles con su categoría profesional. Se entiende así quela empresa estaba vulnerando su derecho preferente de reincorporación al finalizar una excedencia, tal y como recoge el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores:

"El trabajador en excedencia voluntaria conserva solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa"

En 2021 consiguió que el Juzgado de lo Social número 9 de Barcelona le diera la razón y condenó a su empresa a pagarle 218.367,52 euros en concepto de indemnización por los salarios que no había cobrado desde el año 2012 al 2021 por no haberlo reincorporado, una decisión que, como era de esperar, la compañía recurrió.

La decisión final

La sentencia que obligaba a pagar más de 200.000 euros al trabajador fue recurrida rápidamente por la compañía pagadora, en esta ocasión ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que en abril de 2022 confirmó la decisión inicial.

La firma recurrió de nuevo, esta vez ante el Tribunal Supremo, en casación para unificación de doctrina, razonando que la transformación de contratos temporales a indefinidos pactada con los sindicatos no podía considerarse como creación de vacantes, argumento que el Alto Tribunal acabó rechazando: se concluye que esta práctica evidencia la existencia de vacantes, algo que se había negado desde el primer momento.

El no darle prioridad al trabajar que ya había manifestado su voluntad de reincorporarse ha resultado, por tanto, en una cuantiosa indemnización. Asimismo, el Supremo destacó que este derecho preferente no puede ser limitado por acuerdos colectivos que transforman contratos de puestos similares sin atener primero a las solicitudes de reingreso, como ocurrió en este caso.