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Un hombre indemnizará con 63.000 euros a su exmujer con incapacidad permanente por no ayudar en las tareas de casa en 25 años de matrimonio

Un juez | Foto: iStock

Paula Carreño

Un hombre ha sido condenado a pagar una indemnización de 63.000 euros a su exmujer por no colaborar con las tareas del hogar durante los 25 años que duró su matrimonio. Ha sucedido en Galicia, donde la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado sentencia a favor de la expareja del ya declarado culpable al considerar que ha burlado el artículo 1438 del Código Civil: "Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio". Es importante señalar que la mujer tiene una incapacidad permanente reconocida desde diciembre de 2020 tras haber sufrido un ictus.

En la sentencia se enfatiza que esta decisión se fundamenta en el hecho de que es necesario compensar "la situación de casi inevitable desigualdad entre los patrimonios de los esposos en régimen de separación de bienes", dado que durante las más de dos décadas que duró el matrimonio ella se dedicó exclusivamente al cuidado del hogar y de los hijos mientras él trabajaba.

Se entiende así que esta desigualdad nace para recompensar al "cónyuge carente de actividad laboral", refiriéndose a la mujer, que no tenía ingresos.

El artículo 1438 del Código Civil

El juez del caso ha tenido en cuenta el artículo 1438 del Código Civil, que establece que "los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos", es decir que si no han firmado un acuerdo que estipule cómo repartir, en este caso, las tareas del hogar, cada uno aporta según lo que gana.

De este modo, si la pareja se separa, la persona que se dedicó al cuidado del hogar de forma exclusiva tiene derecho a una compensación económica dado que "el trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará".

El testimonio de su hijo fue fundamental

Pero lo que marcó la diferencia fue el testimonio del hijo que la pareja tenía en común, que afirmó que su padre nunca colaboraba en las tareas de la casa, haciendo hincapié en que solo le fue a buscar una vez al colegio y a un partido de baloncesto. Eso sí, dijo que el hombre cocinaba los fines de semana que no salían a comer fuera, algo que según la sentencia "resulta irrelevante en cómputo de 25 años de matrimonio".

Por su parte, el hombre piensa recurrir la sentencia porque defiende que las tareas del hogar siempre han sido compartidas, amparándose en su actividad laboral, pero teniendo en cuenta casos anteriores, es probable que si acude al Supremo, le dé la razón a su exmujer.

Mientras tanto, ha sido condenado a abonar (además de la correspondiente indemnización de 63.000 euros) una pensión compensatoria de 500 euros mensuales y cederle el uso de la vivienda familiar a su exesposa durante tres años. Además, tendrá que pagar las costas procesales del juicio.