La Seguridad Social está cancelando las pensiones de jubilación de las amas de casa por este motivo
- La cuantía de la prestación puede reducirse hasta un 75% en determinados supuestos
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Paula Carreño
En febrero de 2025 había 457.809 personas que se beneficiaban de una pensión no contributiva, 288.620 de las cuáles fueron por jubilación y el resto por invalidez, según el IMSERSO. De hecho, esta cifra experimentó un fuerte incremento entre 2023 y 2024, con casi 25.000 pensionistas más hasta alcanzar el ya mencionado total. Ahora, parece que se está estabilizando, pues aunque continúa aumentando lo hace a menor ritmo.
Uno de los más grandes grupos beneficiarios de la pensión no contributiva por jubilación son las amas de casa, colectivo que, al dedicar gran parte de su vida a la realización de las tareas del hogar, no ha cotizado el mínimo de 15 años establecido por ley para optar a una pensión contributiva. Sin embargo, no están exentas de riesgo y pueden perder esta prestación si se dan ciertas circunstancias.
Requisitos generales
Así, según lo establece la Seguridad Social, podrán ser beneficiarias de una prestación no contributiva por jubilación aquellas amas de casa (entre otros gremios) que sean mayores de 65 años y hayan residido legalmente en territorio español durante 10 años entre la edad de 16 años y la de devengo de la pensión, dos de los cuáles deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
También deben acreditar que carecen de rentas o ingresos suficientes, no pudiendo superar el límite establecido para optar a la prestación, que este año se sitúa en torno a los 7.905,80 euros anuales. Este importe se corresponde por tanto, con la cuantía íntegra de la prestación no contributiva por jubilación, que paga a sus beneficiarios 564,70 euros al mes.
Las cuantías pueden variar, incluso perderse
No obstante, el importe individual que puede percibir cada ama de casa se determina según los ingresos de toda la unidad de convivencia que comparta residencia con ella. Es decir, que se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad económica, por lo que si vive con otro familiar el ama de casa puede perder su pensión no contributiva.
Esto ocurriría cuando los ingresos de la unidad económica superen, en conjunto y en cómputo anual, el umbral fijado, que varía según el grado de consanguineidad del beneficiario con el familiar.
Así, en el caso de que la beneficiaria que solicita la pensión no contributiva por jubilación viva con su cónyuge o con parientes consanguíneos de segundo grado, los ingresos de la unidad familiar no podrán superar los siguientes límites:
- Para dos convivientes, el límite es de 13.439,86 euros.
- Para tres convivientes, el límite es de 18.973,92 euros.
- Para cuatro convivientes, el límite es de 24.507, 98 euros.
- Para cinco convivientes, el límite es de 30.042,04 euros.
Sin embargo, si la convivencia se produce entre el ama de casa y sus descendientes o ascendientes en primer grado (padre, madre, hijo e hija) el límite varía de la siguiente manera:
- Para dos convivientes, el límite es de 33.599,65 euros.
- Para tres convivientes, el límite es de 47.434,80 euros.
- Para cuatro convivientes, el límite es de 61.269,95 euros.
- Para cinco convivientes, el límite es de 75.105,10 euros.
El importe de la pensión puede bajar significativamente
La cuantía fijada de 7.905,80 euros anuales puede bajar si, dentro de la unidad familiar, hay más beneficiarios de una pensión no contributiva.
De este modo, en el supuesto de que el ama de casa disponga de rentas superiores al 35% del importe anual fijado para la prestación (2.767,03 euros, que es el 35% de 7.905,80 euros), la cuantía se reducirá en un importe igual a la cantidad en que los ingresos personales excedan el porcentaje indicado. Por ejemplo, si el ama de casa percibe unos ingresos propios de 3.500 euros anuales, su pensión se reducirá en 732,97 euros (3.500 - 2.767,03 = 732,97), por lo que recibirá 7.172,83 euros anuales.
Esta reducción puede ser, en los peores casos, del 75%, supuesto en el que se cobraría tan solo el 25% de la prestación: 1.976,45 euros anuales o 129,48 euros mensuales.