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Así puedes consultar y posponer tus deudas si eres autónomo

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    elEconomista.es

    Para el colectivo de autónomos, estar al corriente de pagos es vital para que su actividad funcione correctamente. De lo contrario, el profesional no podrá acceder a subvenciones o ayudas, del mismo modo que no podrá solicitar préstamos y tendrá problemas con sus proveedores.

    Por este motivo, los autónomos deben consultar sus deudas y corregir sus descubiertos. Para ello, la Tesorería General de la Seguridad Social pone a disposición del colectivo el canal Import@ss, una plataforma donde los trabajadores por cuenta propia pueden saber la cantidad que adeudan.

    ¿Cómo consultar las deudas con las Seguridad Social?

    El autónomo puede acceder al portal desde la página web de la Seguridad Social, desde la Sede Electrónica o desde la APP de la institución. El profesional podrá acceder a Import@ss a través de cualquiera de estos portales.

    Para identificarse, si el profesional ha comunicado su teléfono móvil a la Tesorería, puede acceder vía SMS, aunque también es posible utilizar el sistema Cl@ve o el certificado electrónico.

    Una vez dentro de Import@ss, las consultas de deudas con la Seguridad Social se podrán realizar en cualquier momento. Sin embargo, para ver el recibo del mes en activo es necesario llevar a cabo el proceso después del día 26 de cada mes. De realizar la consulta antes, la plataforma mostrará el recibo correspondiente al mes anterior.

    ¿Cómo aplazar las deudas con las Seguridad Social?

    Para aplazar las deudas, el autónomo tendrá que presentar la solicitud en las oficinas de la Seguridad Social o en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. Además, tendrá varias vías para realizar el trámite:

    - Presencialmente.

    - Por correo postal.

    - A través del registro de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, si dispone de certificado digital o Cl@ve.

    El profesional tendrá que presentar cierta documentación para aplazar las deudas:

    - Modelo de solicitud previsto para el aplazamiento.

    - Documento de reconocimiento de la deuda.

    - Liquidación de la deuda inaplazable, que se deberá pagar antes de que se conceda el aplazamiento.

    - Información sobre la deuda que se pretende posponer.