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Los autónomos con deudas tienen problemas para acceder a ayudas: así puedes demostrar que eres solvente

  • ¿Cómo puedo comprobar mis deudas con la Seguridad Social?
  • ¿Puedo conseguir un documento que lo acredite?
Foto: Dreamstime

elEconomista.es

Las deudas con la Seguridad Social generan grandes problemas para acceder a ayudas públicas o conseguir un préstamo en entidades bancarias. Por norma general, la mayoría de entidades no verán con buenos ojos que un autónomo no esté al corriente de pago. Por este motivo, es tan importante que los trabajadores por cuenta propia cumplan sus obligaciones con la Administración.

El problema es que, en muchos casos, los pequeños impagos pasan desapercibidos para el autónomo entre un montón de facturas. Estos profesionales no se dan cuenta de estos descubiertos hasta que solicitan un préstamo en el banco o una prestación en la Seguridad Social, y estas entidades les niegan el acceso.

De hecho, llegados a este punto, es mucho más recomendable contar con una acreditación de que el autónomo es solvente antes de acercarse a estas instituciones, lo encontrarán como un punto más a favor para conceder la solicitud.

¿Cómo puedo demostrar que no tengo deudas?

La Seguridad Social anima a los autónomos a que demuestren su solvencia, sobre todo para agilizar los trámites. Por este motivo, la Administración cuenta con un sistema telemático para llevar a cabo este proceso de manera rápida y sencilla.

Para ello, tan solo es necesario acceder al canal Import@ss de la Seguridad Social. El primer paso será identificarse en la plataforma mediante la verificación Cl@ve, el certificado digital o vía SMS. Esta última opción se incorporó recientemente para facilitar el acceso a las personas que no son nativas digitales y no cuentas con los otros dos métodos de identificación.

A partir de aquí, el autónomo tan solo tendrá que acceder al apartado reservado a la consulta de deudas. En primera instancia tendrá que comprobar que no hay ninguna factura pendiente de pago. El usuario podrá realizar esta operación en cualquier momento, pero para ver el recibo del mes posterior se deberá llevar a cabo la consulta después del día 26 de cada mes.

En caso de que no exista ninguna obligación de pago. De ser así, el autónomo podrá expedir un certificado que acredita que el usuario está al corriente de pagos con la Seguridad Social, un documento que puede ser de gran ayuda en diversos trámites con empresas, bancos o, incluso, con la propia Seguridad Social.