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Ser impuntual en el trabajo puede costarte parte del sueldo: una sentencia da la razón a las empresas

  • Una sentencia reciente da la razón a una empresa tras un retraso reiterado de sus trabajadores

elEconomista.es

Una mañana que se complica, o un día que se pegan las sábanas. Todos los trabajadores han tenido un día que han llegado algo tarde a sus puestos de empleo. Sin embargo, ahora, la impuntualidad recurrente puede ser reclamada por las empresas en forma de reducción de parte de la nómina.

Así lo recoge una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que da la razón a un empresa sobre el trabajador. No hay legislación como tal sobre el número de faltas o de 'tardanzas' que se pudieran dar, pero si estas se producen de forma reiterada e injustificada, como se argumenta en la sentencia, se podrá descontar una parte del sueldo.

El primer caso en un 'contact center'

El caso se inició en una empresa de contact center tras la denuncia de los sindicatos debido a que un empleado recibió un recorte del sueldo tras llegar varios días tarde, según política de la propia organización. Además, si esto se repetía de forma reiterada, los empleados recibían una advertencia.

La sentencia 582/2021 da la razón a la empresa sobre esta posibilidad de reducir la nómina. "Si la falta de prestación de servicios es imputable únicamente al trabajador, que al incorporarse a su puesto de trabajo se retrasa, no concurre la prestación de servicios laborales que conlleva el devengo de la retribución", dice el Tribunal.

Además, también recoge que el empleado no podrá 'reponer' los minutos perdidos si la situación se repite constantemente al considerar la puntualidad en el trabajo un factor importante.

¿Y si se trabaja más de la cuenta?

Por otra parte, y ante la vicisitud contraria, que es que un empleado salga más tarde de la empresa, la sentencia recoge que se pueden pactar tiempos de compensación en forma de descanso para los empleados.