Vivienda - Inmobiliario
Estas son las deducciones a la rehabilitación de la vivienda que se amplían hasta 2024
- Se pueden aplicar a las obras de rehabilitación en la vivienda deducciones de hasta el 60%
elEconomista.es
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, que incluye reducciones fiscales para la rehabilitación de las viviendas, ha sido ampliado en plazo hasta finales de 2024, por lo que los propietarios podrán seguir beneficiándose de estas medidas y ayudas.
En concreto, la Unión Europea ha dado luz verde a esta amplicación de fecha para las reformas e inversiones a cargo de los fondos europeos NextGeneration, que movilizará más de 10.000 millones de euros de transferencias adicionales y hasta 83.000 millones de euros en préstamos.
De entre todos los cambios que recoge la adenda presentada por la Comisión Europea, destaca la ayuda para la rehabilitación de viviendas, tal y como recoge Idealista, que tiene una serie de requisitos a cumplir para poder beneficiarse de ello.
Requisitos para la reducción fiscal de las obras en la vivienda
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) indica ciertas deducciones que van desde el 20 hasta el 60%, dependiendo de la reducción de consumo obtenida y del tipo de inmueble, ya sea vivienda individual o edificio residencial.
En primer lugar, se reduce un 20% por obras que reduzcan la demanda de frío y calor, con una base máxima anual de 5.000 euros, desde la entrada en vigor de la normativa (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2024, tal y como recoge el portal inmobiliario. Además, otro requisito es contar con el certificado de eficiencia energética de la vivienda tras las obras, que debe ser expedido por el técnico competente antes del 1 de enero de 2025. Las obras realizadas deben reducir en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda; reducción que debe ser certificada por un técnico.
En cuanto al 40% de deducción, se aplica a obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021 (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2024 por las obras realizadas en ese período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o alquilada como vivienda, La vivienda tiene que estar alquilada antes del 31 de diciembre de 2024. La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros anuales.
Por último, la deducción del 60% por obras en edificios residenciales se aplicará a obras de rehabilitación energética desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, hasta el 31 de diciembre de 2024, para obras de hasta un máximo de 15.000 euros.
"La deducción se practicará en los períodos impositivos 2021, 2022, 2023 y 2024 en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos, siempre que se hubiera expedido, antes de la finalización del período impositivo en el que se vaya a practicar la deducción, el citado certificado de eficiencia energética, con el 1 de enero de 2025 como fecha límite", indica Idealista.