Transportes y Turismo
El Supremo anula el convenio de Ryanair que obligaba a afiliarse a CCOO para mejorar salarios
- Varapalo judicial a la aerolínea irlandesa por discriminar a tripulantes de cabina no afiliados al sindicato
- Reconoce que el acuerdo vulnera derechos fundamentales y deberá indemnizar a USO y UGT con 7.500€
elEconomista.es
El Tribunal Supremo ha puesto fin a la batalla sindical abierta en Ryanair al declarar nula la cláusula que condicionaba la aplicación de mejoras laborales en el colectivo de tripulantes de cabina (TCP) a la afiliación al sindicato Comisiones Obreras (CCOO). En una sentencia fechada el 4 de junio de 2025, la Sala estima parcialmente el recurso de casación presentado por UGT y USO y concluye que la aerolínea vulneró derechos fundamentales al exigir a sus TCP estar inscritos en CCOO para beneficiarse de los términos de un convenio extraestatutario.
Como consecuencia, la compañía deberá abonar 7.500 euros a los denunciantes por haber violado la libertad sindical y el principio de igualdad. El fallo judicial ratifica que Ryanair utilizó una estrategia "excluyente" e "incompatible con el ordenamiento jurídico español" al restringir el acceso a condiciones laborales a cambio de afiliación sindical.
El sindicato UGT ha celebrado el pronunciamiento del Supremo como un respaldo a su tesis. "El Tribunal Supremo nos da la razón y carga contra el intento de coacción de Ryanair", expresó la organización en un comunicado difundido este martes. UGT denuncia que la aerolínea pretendía utilizar la afiliación a un sindicato como moneda de cambio para acceder a condiciones laborales básicas, algo que, según la sentencia, atenta contra el derecho a la igualdad de trato y la libertad sindical.
A finales de mayo, Ryanair comenzó a exigir a más de 6.000 trabajadores no sindicados en CCOO la devolución de miles de euros por "sobrepagos" derivados del convenio anulado. La compañía comunicó a su plantilla que, si no se afiliaban a CCOO antes del 4 de mayo, perderían las condiciones laborales pactadas en el convenio de 2024, incluyendo turnos, dietas y mejoras salariales, y que debían reintegrar las cantidades percibidas desde su aplicación. Un ejemplo de ello fue la carta remitida a una trabajadora, en la que se le exigía la devolución de 3.215,95 euros por ese concepto, ofreciéndole la posibilidad de fraccionar el pago en 12 meses con descuentos en nómina.
Ryanair, por su parte, defendió estas medidas aludiendo a que simplemente está dando cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Nacional de marzo de 2025, que ya anuló el convenio firmado con CCOO en 2022. El tribunal de instancia dio entonces la razón a USO al considerar que el acuerdo se había negociado como un convenio franja —al aplicarse solo a los TCP, único colectivo sin convenio vigente— y que, por tanto, debía seguir procedimientos de designación sindical distintos a los utilizados.
Tras ese fallo, la compañía y CCOO firmaron un "acuerdo de alcance limitado" que mantenía las condiciones del convenio anulado únicamente para los afiliados al sindicato. A los no afiliados se les anunció una rebaja de condiciones a partir de junio. La dirección de recursos humanos de Ryanair, en un correo dirigido a los trabajadores, confirmó que se estaban elaborando listas de empleados por grupos —afiliados, no afiliados, y aquellos que podrían llegar a afiliarse— para reorganizar las plantillas y nóminas en función de su estatus sindical.
La aerolínea sostenía entonces que actuó conforme al marco legal tras la sentencia de la Audiencia Nacional. "USO es un sindicato minoritario que no cuenta con el apoyo de nuestra tripulación, la gran mayoría de la cual tiene su salario y condiciones protegidas por un acuerdo con CCOO", declaró Ryanair, que asegura estar "cumpliendo" el proceso iniciado por USO y que ahora "lamenta las consecuencias". UGT consideraba que este planteamiento, más allá de su legalidad, buscaba debilitar a los sindicatos con menor representación y "convertir los derechos laborales en un privilegio reservado".