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Estas personas podrán solicitar la ayuda de 570 euros al mes a partir del 1 de noviembre: consulta los requisitos
- Nuevos colectivos podrán optar a esta ayuda si cumplen con los requisitos estipulados
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elEconomista.es
Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, sobre medidas que regulan el nivel asistencial de las personas en desempleo, entra en vigor un cambio en el subsidio por desempleo en España a partir del próximo 1 de noviembre, que permitirá a un mayor número de personas cobrar una ayuda que asciende hasta los 570 euros al mes.
El mencionado Real Decreto-ley, incluye una serie de modificaciones que, entre otras cosas, añade nuevos colectivos que podrán acceder a esta ayuda si cumplen con una serie de requisitos, ampliando así la protección social a personas que tienen problemas para acceder al mercado laboral.
Subsidio de desempleo: requisitos y nuevos beneficiarios
Con ello, se modifica la Ley General de la Seguridad Social, en este caso concreto, el artículo 274, que versa sobre los beneficiarios del subsidio por desempleo. En cuestión, se indica que "serán beneficiarios del subsidio los desempleados que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones":
- Haber agotado la prestación por desempleo. En caso de ser menor de cuarenta y cinco años sin responsabilidades familiares se exigirá, además, que la prestación por desempleo agotada haya tenido una duración igual o superior a trescientos sesenta días.
- Encontrarse en situación legal de desempleo sin tener cubierto el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación contributiva, siempre que hayan cotizado al menos noventa días.
Además, podrán acceder a estos subsidios quienes mantengan uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre que la suma de las jornadas trabajadas en dichos contratos sea inferior a una jornada completa y cumplan el resto de los requisitos.
Hay que saber que en la fecha de la solicitud del subsidio se exigirá no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, no encontrase en supuesto de incompatibilidad y carecer de rentas propias, o bien, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
Serán beneficiarios del subsidio para trabajadores mayores de cincuenta y dos años quienes cumplan los requisitos específicos para ello y, además, en todos los casos, el reconocimiento del derecho al subsidio exigirá la inscripción como demandante de empleo, así como la suscripción del acuerdo de actividad.