Retail - Consumo

Competencia está en contra de que los estancos monopolicen el vapeo y los cigarrillos electrónicos

  • El anteproyecto de Ley del Mercado de tabacos y otros derivados extiende a los estancos el monopolio de las comercialización de estos productos
  • La CNMC considera que es una decisión que atenta contra la libre comepetencia
  • Recomienda crear una normativa propia para esta nueva actividad

elEconomista.es

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el Anteproyecto de Ley del Mercado de tabacos y otros derivados en el que cuestiona la idoneidad de extender a los estancos el monopolio de la venta de productos como los vapeadores o los cigarrillos electrónicos.

El organismo recuerda en su informe que en nuestro país ya existen serias restricciones a la competencia en el negocio del tabaco como el hecho de que sea el Estado el que controle su distribución minorista y que la protección de la salud de los ciudadanos no tiene porqué ir en contra de una legislación más eficiente en materia de competencia.

En este sentido, la CNMC que se replantee el monopolio en ambos casos y que se evalúen instrumentos de intervención alternativos como las medidas fiscales, que se han mostrado más eficaces para desincentivar su consumo.

La entidad considera en su escrito que no está justificado aplicar aspectos de la regulación de los productos del tabaco, como las limitaciones a su venta, a los cigarrillos electrónicos o a los vapeadores y apuesta por una normativa propia y ajustada a sus características.

En sus consideraciones sobre el anteproyecto, la CNMC también pide al regulador que se replantee las restricciones a la libre determinación de los precios, ya que el texto establece que el precio de venta al público de cada unidad o gramo de tabaco no podrá variar en función del número de unidades o gramos que contengan los distintos tamaños o tipos de envases.

Requisitos a replantear

Otro de los puntos del texto que el regulador considera que atenta contra la libre competencia en el sector de los estancos es el de los requisitos establecidos para los titulares de las expendedurías, que deben ser personas físicas (españolas o nacionales de los Estados de la UE) y que se encarguen de la comercialización directa y personal de los productos al consumidor, así como no ser titular de otro establecimiento o contar con otra autorización de venta con recargo.

Asimismo, la entidad considera un error el aumento a 30 años de la duración de las concesiones de los estancos y recomienda eliminar el criterio de distancia mínima entre estancos, así como el que establece que un punto de venta con recargo deba abastecerse en uno de los tres estancos más próximos al municipio.