Política

La juez Lamela dicta la orden europea de detención contra Puigdemont y los exconsellers en Bruselas

  • La juez atiende al fiscal y añade desobediencia y prevaricación
  • Permanecen con el expresident Comín, Ponsatí, Puig y Serret
  • La Fiscalía belga ha recibido la orden y la examinará el sábado
Carles Puigdemont, el presidente de la Generalitat. <i> Foto: Reuters</i>

Europa Press

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dictado este viernes órdenes europeas de detención (OEDE) para el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los cuatro consejeros cesados de su gobierno que le acompañan en Bruselas y que no acudieron ayer a declarar por su implicación en el desarrollo del denominado 'procés' independentista y les imputa, "además de los delitos de rebelión, sedición y malversación", prevaricación y desobediencia.

Por cada uno de los cinco exmiembros del Govern que no acudieron ayer a la Audiencia Nacional, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 ha dictado dos autos diferentes; uno dirigido a la Fiscalía Federal Belga para que sean detenidos en dicho país y otro de busca y captura nacional e internacional por si se encontraran en otro lugar. Esta última orden se tramita a través de Policía Nacional, Guardia Civil e Interpol.

Las órdenes han sido cursadas contra Puigdemont, Lluis Puig (exresponsable de Cultura), Antoni Comín (Salud), Meritxell Serret (Ganadería, Pesca y Alimentación) y Clara Ponsatí (Educación), a quienes deniega igualmente la petición de declarar en la causa por videoconferencia al no concurrir ninguno de los casos para autorizar esta medida. "Han viajado a Bélgica con la única finalidad de eludir las responsabilidades que pudieran tener en España", les recuerda la juez.

La magistrada expone en los diez autos todos los hechos llevados a cabo por Puigdemont y el resto de consejeros cesados desde 2015, cuando se aprobó la resolución que dio pie al proceso independentista, hasta la votación el pasado viernes en el Parlament de la declaración unilateral de independencia (DUI).

Por lo que respecta al expresidente catalán, la magistrada razona que "incumplió frontalmente" las suspensiones ordenadas por el Tribunal Constitucional de todas las leyes de desconexión así como el mandato del alto tribunal de "abstenerse de realizar cualquier actuación" para sacar adelante la celebración del referéndum e incluso "de impedir" cualquier iniciativa dirigida a su celebración.

"Promovió actos, manifestaciones y proclamas abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación en Cataluña sobre el cual quedaba legitimada cualquier actuación del Govern y el Parlament al margen de las leyes y en contra de la Constitución", dice sobre Puigdemont y añade que impulsó "actos de acoso en forma de escraches" contra los miembros de la Policía Nacional y la Guardia Civil "en sus lugares de trabajo y descanso".

Igualmente le acusa de "planificar, organizar y financiar" con fondos públicos el referéndum ilegal del pasado 1 de octubre y cifra la cuantía en 6,2 millones de euros; un acto "no ya contrario a Derecho sino constitutivo de delito" en tanto vulneraba la declaración de inconstitucionalidad declarada por el TC contra la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña.

A diferencia de su 'exnúmero dos' Oriol Junqueras y los otros ocho consejeros cesados que sí acudieron ayer a la Audiencia Nacional, a éstos se les imputa además los delitos de prevaricación "al tratarse de una autoridad que, a sabiendas de su injusticia, ha dictado resoluciones arbitrarias en asuntos administrativos" y desobediencia. El primero de los tipos delictivos no va penado con prisión sino con inhabilitación pero el segundo lleva aparejadas penas de entre nueve y quince años de cárcel.

Por lo que respecta a los otros cuatro exmiembros del gobierno catalán, la magistrada destaca en los respectivos autos que éstos, "de común acuerdo con otras autoridades, funcionarios públicos y entidades públicas y privadas catalanas, unieron sus voluntades para, dentro de sus respectivo ámbito de actuación", llevar a cabo un referéndum independentista y lograr la "secesión de la comunidad autónoma de Cataluña".

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 recuerda en sus autos lo mismo que apuntó la Fiscalía en sus querellas contra el Govern y la Mesa del Parlament presentadas en la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, respectivamente, y expone que los investigados impulsaron medidas para la "creación de un futuro Estado catalán independiente en forma de república" valiéndose del poder que otorgaba tener la mayoría absoluta de diputados en el parlamento catalán entre los grupos Junts pel Sí y CUP.

Además, reitera que la consecución de estos objetivos se llevó a cabo con el apoyo de la Asociación Nacional de Cataluña (ANC) y Òmnium Cultural, cuyos líderes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, se encuentran en prisión desde el pasado 16 de octubre investigados por un presunto delito de sedición en esta misma causa.

Asimismo, incide en que todas las actuaciones para proclamar la independencia venían establecidas en el informe del gobierno de Carles Puigdemont conocido como 'Enfocats' y que marcaba la hoja de ruta a seguir. Según Lamela, la práctica de los actos señalados en este documento conllevó la desobediencia "sucesiva, sistemática y frontalmente todas y cada una de las decisiones de las decisiones del Tribunal Constitucional".

En este sentido, precisa que los reclamados eran conocedores de la "radical falta de competencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña para convocar un referéndum, pese a lo que insistió públicamente en mantener" dicha consulta como "primer paso del llamado 'proceso de desconexión' del Estado español", ya que los pronunciamientos del TC les fueron "notificados personalmente y reiterados de forma clara y sin fisuras, públicos y difundidos a través de todos los medios de comunicación".

La magistrada además rechaza la petición formulada por Puigdemont y otros exconsellers de prestar declaración por videoconferencia porque, según explica en sus resoluciones, no concurren ninguno de los casos para autorizar esta medida.

Lamela ha dictado estas órdenes un día después de acordar el ingreso en prisión incondicional del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y de otros siete exconsejeros investigados en la misma causa ante alto riesgo de reiteración delictiva y de fuga. En su auto la juez incidía en la incomparecencia de los ahora buscados como una de las razones de la imposición de la medida cautelar a sus excompañeros de Gobierno, ante el peligro de que puedan eludir la acción de la Justicia.

La Fiscalía belga decide el sábado

La Fiscalía federal belga examinará el sábado las cinco órdenes europeas de detención dictadas. Los documentos dictados por la jueza Carmen Lamela han llegado ya traducidos a Bruselas pasadas las 20:00 horas, por lo que la Fiscalía no examinará el fondo de la petición hasta el sábado, momento en que se designará un juez de instrucción para que se encargue del caso.

"La cuestión pasará al juez de instrucción y será él quien decida qué hacer", han señalado las fuentes, que recuerdan que a partir de entonces el juez tendrá 24 horas para decidir si la orden de detención "es conforme a la ley", si procede dictar prisión para las persona implicadas y si hay alguna "causa de rechazo" de la euroorden.

Para cumplir este primer procedimiento es necesario que Puigdemont y el resto de personas reclamadas por las autoridades judiciales españolas declaren ante el juez. Si el juez no dicta prisión para las personas requeridas deberá tomar las medidas necesarias para "evitar la fuga", por ejemplo mediante la prohibición de viaje o con sistema de vigilancia electrónica.

La euroorden prevé que la extradición de un ciudadano reclamado por otro Estado miembro se resuelva en sólo 10 días si el afectado consiente la orden, pero los plazos se alargarían en caso de que la persona se negara a la extradición, hasta 60 días desde su detención, como norma, pudiendo extenderse 30 días más en casos excepcionales.

Si Puigdemont y sus exconsejeros no aceptan la extradición ante el juez de instrucción, tal y como han adelantado sus asesores legales, el proceso continuará en la Cámara del Consejo (tribunal de primera instancia), en donde el juez tendrá un plazo de 15 días para determinar si la euroorden es ejecutable o no.

En caso de que su decisión fuera recurrida, las partes podrían acudir aún a dos instancias más, el Tribunal de Apelación y el Tribunal de Casación, sucesivamente. En ambos casos, la sala tiene 24 horas para decidir si admite el recurso y otros 15 días para tomar una decisión y concluir si la orden de extradición puede ser ejecutada o no.

La directiva de aplicación de la euroorden prevé un plazo máximo de 60 días para que el Estado miembro requerido tome una decisión sobre si ejecuta o no la extradición solicitada por otro Estado miembro. Este plazo podría ser prorrogado otros 30 días en casos excepcionales. Las autoridades de ambas partes tendrían después diez días para acordar y llevar a cabo la entrega del detenido.