Así puede defenderse el Estado del desafío independentista... sin el 155
- El Gobierno de Rajoy ha decidido mantener en secreto sus medidas
- Parece estar claro que el Ejecutivo descarta aplicar el artículo 155
Xavier Gil Pecharromán
Puigdemont y el Govern callan su plan para celebrar el referéndum sobre la independencia catalana, declarado ilegal por el Tribunal Constitucional. (TC). El Gobierno de Rajoy, ante esta forma de actuar, ha decidido mantener en secreto sus medidas para impedir un plebiscito que con un tan solo voto favorable ya les valdría a quienes pretenden la secesión. Se trata así de evitar el victimismo al que son tan proclives los líderes independentistas.
Rajoy ya avisó a comienzos de agosto de que impugnará ante el TC, sin esperar a que llegue al Parlamento, la ley del referéndum, que quedará suspendida cautelarmente durante cinco meses con tan solo la admisión del recurso por los jueces. El Gobierno vela en espera de que se publique el texto para actuar judicialmente y dejar sin base legal el llamado procés. A nadie se le escapa que las medidas proyectadas por el Ejecutivo se han diseñado por niveles diversos de reacción frente a los escenarios que se puedan presentar. Así lo han dejado entrever estos días diversos miembros del Gobierno y portavoces del PP. A mayor nivel de desafío se prevén respuestas más contundentes.
Pero no cabe duda de que los funcionarios serán claves ante el reto. Saben que si desobedecen a los jueces y obedecen órdenes ilegales de sus superiores pueden acabar inhabilitados y pagando cuantiosas multas. El Gobierno busca que la sociedad civil rechace el proyecto de Puigdemont antes del 1-0 y el Gobierno, incluidos los funcionarios y los Mossos, cuyos sindicatos han anunciado que cumplirán con la Constitución.
No obstante, se ha reforzado la Delegación del Gobierno. El artículo 67 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local autoriza al Delegado del Gobierno a suspender cautelarmente actos y acuerdos locales, cuando éstos atenten gravemente el interés general de España. Para ello, se han reforzado los dispositivos de las fuerzas de seguridad del Estado. De esta forma, se podrían mantener cerrados y vigilados los colegios y locales municipales, así como la exigencia de entregar los censos obtenidos ilegalmente.
Parece estar claro que el Ejecutivo descarta aplicar el artículo 155 de la Constitución para disolver la Generalitat. Tampoco suspenderá, llegado el caso y con carácter temporal, algunas de sus funciones. Tanto razones políticas como las dificultades técnicas que este proceso conllevaría al aplicarlo en un corto espacio de tiempo han llevado al Gobierno a descartarlo. El caso es que si bien el Estado podría dar órdenes a la Generalitat no podría hacerlo con el Parlament, que podría seguir operando por su naturaleza, lo que entorpecería la obtención de resultados.
De todas las posibles vías, la más probable será la de poner en marcha la capacidad ejecutiva sobre sus sentencias y resoluciones de que dispone el TC desde la última reforma de 2015. La Ley Orgánica permite a los jueces paralizar una acción considerada fuera de la ley previamente. Tras la experiencia plebiscitaria del 9N, el TC puede dar órdenes a cualquier institución o particular, como a los Mossos, directores de instituto, funcionarios, empresas contratadas para el procés o voluntarios. El TC tiene la capacidad de suspender cualquier autoridad, incluido al presidente de la Generalitat o empleado público que entienda que ha incumplido sus resoluciones, así como imponer multas de hasta 30.000 euros a cualquier ciudadano desobediente.
Si la situación se complicase en las calles, es la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional, aprobada también en 2015, y avalada, tras un recurso de la Generalitat, por el TC. Se trata de una coordinación reforzada, dirigida por el Gobierno, con la implicación de todos los cuerpos de seguridad, incluidos los Mossos. Y, finalmente, las medidas administrativas y penales, incluida la sedición, quedarán pendientes para después del 1-0.