Política
Aznar presenta ante la Fiscalía una denuncia por la reveleción de sus datos fiscales
EcoDiario.es
El expresidente José María Aznar ha presentado ante la Fiscalía General del Estado una denuncia por revelación de datos tributarios. El escrito recuerda que los datos obrantes en la Agencia Tributaria son confidenciales y no pueden ser difundidos. Así pues, la filtración publicada podría ser constitutiva de sendos delitos de infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, y de descubrimiento y revelación de secretos. Aznar se defiende en medio de una guerra sucesoria
El comuniado de Aznar recuerda que fue la pasada semana un diario digital quien publicó en exclusiva el resultado de una comprobación fiscal abierta por la Agencia Tributaria al presidente Aznar y a su sociedad Famaztella, S.L., arrojando con ello sospechas sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales del expresidente.
La comprobación, referente a los ejercicios de 2009 y 2010 -abunda el escrito- se cerró de conformidad en 2014 y, pese a las diferencias de criterio en la forma de tributación, quedó constatado que todos los ingresos y gastos fueron íntegramente declarados.
La denuncia
En el escrito de denuncia, la representación del expresidente Aznar señala que, como establece el artículo 34.1.i) de la Ley General Tributaria 58/2003 de 17 de Diciembre, los datos obrantes en la Agencia Tributaria son confidenciales y no pueden ser difundidos. En este sentido señala que "los datos publicados han debido ser filtrados o cedidos por aquellos que los conocían y que tenían el deber de mantenerlos en sigilo". Por tanto, "acreditado el hecho de la filtración y posterior divulgación, tales conductas han de ser investigadas, no solo por la gravedad que supone en este concreto supuesto con el consiguiente daño producido a mi mandante, sino, objetivándola, por la inseguridad jurídica que genera en la sociedad", apunta dicho comunicado.
Así pues, continua, los hechos denunciados podrían ser constitutivos, por un lado, "del delito de infidelidad en la custodia de documentos y de violación de secretos, tipificado en el artículo 417 del Código Penal en sus dos apartados, y, por otro, del delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 apartado 3, este último referido a la difusión de datos reservados con conocimiento del carácter ilícito de su obtención".