Opinión

Las financieras y su estrategia de disuadir las reclamaciones de consumidores en tarjetas 'revolving'

    Vista de varias tarjetas bancarias. | EE

    Rebin Shamamy, CEO de Abogados Legalsha
    Madrid,

    El abuso de entidades financieras hacia los ciudadanos sigue siendo objeto de lucha diaria para los juzgados y los despachos de abogados especializados en la defensa del consumidor. Un abuso que ya supera y excede todos los límites imaginables, especialmente, en el caso de las tarjetas revolving. Y es que, desde hace años, este tipo de entidades utilizan una estrategia de desgaste en la que fuerzan y obligan al consumidor a tener que acudir a la vía judicial como único recurso, en casos muy claros que se pueden resolver por la vía amistosa, dada la actual jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo. Todo, con el objetivo de saturar los juzgados, dilatar los procesos y, con ello, conseguir retrasar los pagos que corresponden a los consumidores a efectos de una presumible nulidad contractual por falta de transparencia y/o usura en los contratos. Una mala praxis que, por desgracia, vemos en el día a día y que suma, todavía más, un grado alto de indefensión del ciudadano contra la banca.

    Partiendo de la base de que, en realidad, no existe "el pleito masa", sino "el pleito forzado", las financieras usan la táctica de no atender las reclamaciones extrajudiciales para forzar la presentación de la demanda y, de esta manera, saturar intencionadamente la carga de trabajo en los juzgados. Como conocen a la perfección el ciclo de vida de un procedimiento en fase judicial, aprovechan este tiempo para desgastar al consumidor, mientras intentan embaucar con acuerdos transaccionales a la baja, sin comunicarlo a su dirección letrada, con cantidades muy inferiores a las que realmente corresponden, en lo que resulta una estrategia totalmente anti deontológica. Además de esto, las entidades recurren a veces a otras estrategias como la introducción de errores deliberados en los cuadros de liquidación, para proceder a los pagos o impugnaciones sistemáticas y sin sentido en el proceso de aprobación de costas. Esto, con el objetivo de alargar innecesariamente el procedimiento, saturando, además, a los Colegios de Abogados con la emisión de dictámenes, para así conseguir que el proceso sea aún más tedioso y mucho más lento en el cumplimiento de la propia sentencia.

    La última voz de alarma sobre todo esto la acaba de lanzar el Juzgado 104 bis de Madrid, que se creó en abril del año pasado como juzgado especializado en reclamaciones bancarias y de crédito revolving, presentando una carta de queja dirigida al Ministerio de Consumo y al Banco de España, denunciando el colapso judicial provocado por los bancos, que alargan con recursos sin fin los pleitos y que, a pesar de tener la posibilidad de resolver el litigio en fase extrajudicial, obligan al consumidor a acudir innecesariamente a los juzgados mediante "pleitos forzados", a pesar de que aplicando la jurisprudencia actual, estos litigios se ganan masivamente por los consumidores. Además, en el escrito, el juzgado insta a las autoridades a evaluar posibles sanciones contra las financieras por estas prácticas abusivas, a la vez que se ha ofrecido a facilitar un listado de entidades que están actuando de esta forma.

    Aunque esta iniciativa es digna de respeto y simpatiza recíprocamente con la voluntad de los despachos de abogados que defendemos al consumidor en el intento de solucionar el importante colapso judicial que la Administración de Justicia padece con este tipo de procedimientos, sería mucho más eficaz, en la práctica, y para conseguir el mismo fin, que se condenase drásticamente y con el máximo importe en materia de costas al responsable originario que no ofreció solución al litigio judicial que previamente tuvo la oportunidad de resolver en fase extrajudicial.

    En el 95% de los casos en los que un consumidor presenta una demanda por un contrato abusivo de una tarjeta revolving, los tribunales acaban fallando en contra del banco. De hecho, según el propio juzgado 104 bis, hasta su escrito al Ministerio y al Banco de España, señala que se habían dictado 3.399 sentencias relacionadas con el crédito revolving, de las cuales el 95% fueron favorables al cliente y estimatorias con condena en costas a los bancos y entidades financieras por infracción de la Ley de Represión de la Usura o por falta de transparencia en las condiciones generales de la contratación.

    A pesar de esto, llama la atención que la estrategia de muchas entidades crediticias sigue siendo llevar las reclamaciones a sede judicial y alargar el procedimiento, como mínimo, hasta la Segunda Instancia, pues saben perfectamente que desgastar y estirar en el tiempo los litigios judiciales, repercute en generar un importante efecto disuasorio en los consumidores para desanimarles a reclamar. Así, no solo consiguen atestar intencionadamente de demandas el sistema judicial, sino que también incrementan de forma inútil en varios años el ciclo de vida de una sencilla reclamación de este tipo, pues recordemos que es la banca quien tiene la facultad legítima y unilateral de poder resolverlo en la propia fase extrajudicial, al ofrecérsele esta posibilidad en todos los casos previamente a la presentación de una demanda.

    Hay que tener en cuenta que los litigios judiciales de tarjetas revolving representan el segundo producto bancario con más reclamaciones en nuestro país, según el propio Banco de España.

    En medio de toda esta situación solo queda esperar que, paralelamente a que los Tribunales sigan legislando para poner freno a este tipo de prácticas abusivas condenando dignamente a los responsables de la litigación forzada, la Dirección General de Consumo y el Banco de España tomen ahora buena nota de la queja del juzgado 104 bis de Madrid, y que tomen medidas cuanto antes ante este comportamiento inadmisible y reprochable. El abuso de la banca a través de las tarjetas revolving sigue siendo un grave problema para los consumidores, quienes, a pesar de contar con una jurisprudencia favorable en la mayoría de los casos, se tienen que enfrentar a estas estrategias dilatorias diseñadas para disuadirlos y desanimarles a reclamar lo que por derecho les corresponde, perjudicando, además, a la Administración de Justicia en el ámbito de los recursos limitados de los que disponen, obligándoles a resolver cientos de miles de procedimientos innecesarios que nunca debieron llegar a sede judicial.

    A pesar de la resistencia de las entidades financieras, es cierto que el camino para los consumidores está cada vez más allanado. Ahora, la clave radica en seguir reclamando y en exigir a las autoridades medidas que penalicen estas prácticas abusivas, garantizando así una verdadera protección para los consumidores.