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Los equipos de fútbol podrán cobrar por las apuestas deportivas

  • El Congreso aprueba el proyecto de Ley de regulación del Juego
Representación del juego 'online'.

Europa Press

La Comisión de Economía y Hacienda del Congreso ha aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de Ley de regulación del Juego, con la que por primera vez en España se permitirá que los clubes de fútbol puedan cobrar dinero por las apuestas deportivas. Su entrada en vigor se prevé previsiblemente para antes de verano.

Asimismo, contempla la creación de una Comisión Nacional del Juego (CNJ) como organismo regulador encargado de velar por el adecuado funcionamiento del sector y se establece una regulación específica sobre el juego "on- line".

El texto ha sido apoyado por todos los grupos, salvo el PP, que se ha abstenido en la votación al conjunto de la ley y, de forma separada, ha votado en contra de la creación de la Comisión Nacional del Juego (CNJ).

El texto aprobado hoy en la Comisión de Economía pasará ahora al Senado, donde se tramitará con carácter de urgencia. Si allí se incorporan nuevas enmiendas, el texto volverá a pasar al Pleno del Congreso para su aprobación definitiva. En la tramitación parlamentaria se han incluido más de un centenar de enmiendas de todos los grupos políticos.

Esta normativa supone una reordenación del juego desde que en 1977 fuera despenalizado por un real decreto. Con ello, aporta un régimen jurídico para el sector, enmarcado en una nueva situación de mercado con la irrupción de apuestas y juegos a través de Internet o móvil.

Entrada en vigor

Uno de los aspectos más conflictivos durante la tramitación del proyecto del Gobierno se refiere a la entrada en vigor de la norma y la aplicación de su sistema de sanciones para las empresas de juego que no estén radicadas en España.

El PP, en su enmienda 251, y CiU, en la 188, solicitaban al Ejecutivo un período transitorio para permitir que las empresas ilegales que operan en España pudieran regularizar su situación y mientras tanto no fueran sancionadas, por ejemplo, al hacer publicidad o patrocinios.

Ambas han resultado rechazadas, pero la portavoz socialista Montserrat Colldeforns se comprometió a estudiar una solución durante la tramitación en el Senado de la ley.

La Comisión Nacional del Juego

De acuerdo con lo aprobado hoy, el CNJ tendrá siete miembros, en vez de cinco, como se ha había previsto en un primer momento, para adecuar su formato a la Ley de Economía Sostenible, que dicta que los organismos reguladores en España deben contar con siete miembros en su cúpula directiva.

En virtud de esta ley se crea también el Consejo de Políticas de Juego, para articular la necesaria coordinación y participación de las comunidades autónomas. Se trata de un órgano colegiado que asegurará la participación de las autonomías en materias como la normativa de los juegos, licencias y sistemas técnicos de control de operadores.

El proyecto incide especialmente sobre la protección de los menores y de las personas que hubieran solicitado voluntariamente la no participación, el orden público y la prevención de los fenómenos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

La ley creará, además, un régimen fiscal específico para las actividades que regula y que grava la autorización, celebración y organización de las diferentes actividades de juego que puedan explotar los operadores habilitados, con la excepción de la actividad de juego de la Lotería. La Lotería Nacional no estará sujeta a ese nuevo Impuesto sobre Actividades de Juego.

Apuestas deportivas

En segundo lugar y, a propuesta del PNV, esta nueva normativa permite que, por primera vez en España, los equipos de fútbol podrán cobrar por las apuestas deportivas. En concreto, se incluye en la ley una nueva disposición final en la que se regula la distribución de la recaudación y los premios de las apuestas deportivas del Estado.

De esta forma, en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor, el Gobierno deberá aprobar un real decreto en el que se regulen los porcentajes y el régimen de participación y distribución del retorno de la recaudación de las apuestas deportivas que, el Consejo Superior de Deportes (CSD) u organismo competente, deberá transmitir a las entidades organizadoras de las competiciones deportivas vinculadas, señalando los fines y demás obligaciones.