¿Tu comunidad no te deja aparcar tu coche eléctrico? El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid responde
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Pedro Berrio
Los últimos tristes acontecimientos en lso que se han visto involucrados vehículos eléctricos o híbridos en garajes públicos, han desatado un intenso debate sobre la posibilidad de prohibir el acceso de vehículos eléctricos a los parkings
Ya hay aparcamientos públicos en Madrid y otras ciudades que prohíben el acceso de coches eléctricos a sus instalaciones. Al ser espacios públicos pueden establecer sus normas y, alegando motivos de seguridad, pueden prohibir la entrada de los vehículos eléctricos pero eso no sería legal, ya que no existe ninguna normativa o ley en la que sustentar dicha prohibición. Si el parking cumple la normativa vigente en cuanto a sistemas de extinción de incendios no se puede limitar el acceso de ningún tipo de vehículo legalmente autorizado para circular, sea cual sea su motor o sistema de propulsión.
¿Mi comunidad me puede prohibir aparcar?
Se ha dado el caso de algunas comunidades de vecinos que han prohibido o puesto trabas a que algunos propietarios de vehículos eléctricos aparquen sus coches en sus propias plazas. Con el argumento de la seguridad, estas comunidades de propietarios han intentado hacer efectiva esa prohibición. En algunos casos los administradores o presidentes de dichas comunidades han obligado a los dueños de coches eléctricos a contratar seguros con una responsabilidad civil ampliada para poder dejar sus vehículos de baterías en el parking comunitario.
Nos hemos puesto en contacto con el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid y Patricia Briones, abogada y secretaria técnica de esta entidad, nos ha dado la respuesta. "Actualmente la vigente normativa no regula ni restringe el estacionamiento de los vehículos eléctricos en los garajes de las comunidades. Tampoco se han aprobado nuevas medidas que deban cumplir los propietarios de este tipo de vehículos. En consecuencia, una comunidad no puede prohibir al propietario de un vehículo eléctrico que lo estacione, dado que no está incumpliendo ninguna normativa". Queda claro que al no haber una normativa que permita acogerse a esa prohibición, ninguna comunidad de vecinos puede impedir el acceso de un coche eléctrico.
El debate surge si las comunidades de vecinos o de los garajes pueden modificar los estatutos para prohibir el acceso de coches de baterías, cuando la Ley de Propiedad Horizontal no pone ninguna limitación, salvo la comunicación a la comunidad, para la instalación de un punto de recarga para un coche eléctrico. En cualquier caso, Patricia Briones nos indica que "es aconsejable que la comunidad se asesore debidamente para adoptar medidas de seguridad adicionales en caso de siniestro". Por otra parte no hay datos que demuestren que los vehículos eléctricos son más propensos a los incendios, más bien al contrario, aunque sí es cierto que cuando se producen es más complicado sofocarlos.