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Si llevas un soporte con ventosa para móvil en la luna del coche esta es la excepción por la que la DGT puede multarte

  • Aunque es sancionable, las multas por esta cuestión son muy poco frecuentes
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elEconomista.es

Cada vez cuesta más encontrar un vehículo en el mercado que no incluya de una pantalla de infoentretenimiento analógica o táctil mediante la cual controlar aspectos como la música, los consumos o la climatización. Sin embargo, los coches más antiguos no disponen de este elemento y, en consecuencia, cuentan con un abanico de funcionalidades menos amplio.

El GPS quizá esté entre las funciones más demandadas por los usuarios. Por ello, quienes no cuentan con esta tecnología integrada en su vehículo recurren a otras alternativas, como a colocar su teléfono móvil en algún lugar visible para el conductor mediante un soporte. Existen soportes para las rejillas de ventilación mediante pinzas, para el salpicadero mediante adhesivos o para el parabrisas mediante una ventosa.

En cuanto al último método, su uso puede ser tan útil como el resto. Sin embargo, puede conllevar algunos riesgos para la conducción. Dado que se coloca sobre el parabrisas, la ventosa puede llegar a interferir en el campo de visión del conductor. En este sentido, cabe preguntarse: ¿pueden llegar a multarnos por un mal uso de estos dispositivos?

"Mantener el campo de visión"

Ni el Reglamento General de Conductores ni la Ley sobre Circulación hacen una referencia directa a este dispositivo. Sin embargo, este último texto, en su artículo 13.2, dice lo siguiente:

En consecuencia, colocar un objeto como una ventosa de tal forma que interfiera en el campo de visión del conductor podría se objeto de sanción. Será el criterio del agente de circulación el que decida si se sanciona esta práctica, aunque lo cierto es que este tipo de multa es extremadamente poco frecuente. De llevarse a cabo, supondría una multa económica de 100 euros, sin conllevar la pérdida de puntos del carnet.