Motor
Estas son las multas de la DGT que no podrás pagar con descuento
- No todas las sanciones cuentan con un 50 por ciento de descuento
Sylvia Longás
Las sanciones llevan implícito un descuento del 50 por ciento si las pagas en un plazo determinado, pero ¡ojo!, no son todas. Algunas no cuentan con esta reducción de la sanción.
Si no te has planteado recurrir la multa que te acaba de llegar a casa, tienes dos opciones. Pasar de ella o pagarla lo antes posible. Si escoges la primera opción, o se traspapela la multa o finalmente acabarán retirándote el dinero íntegro de la cuenta bancaria; si por el contrario te has decantado por la segunda salida, tienes la posibilidad de ver reducido el importa al 50% a la hora de pagar. El pronto pago solo se puede llevar a cabo antes de los 20 días naturales desde la fecha en la que recibirte la multa. Un alivio desde luego para nuestro bolsillo.
Ángeles Miguel Rojo, responsable de la asistencia jurídica del RACE, aclara que si te decantas por la multa por pronto pago perderás definitivamente la posibilidad de solicitar alegaciones para recurrir la multa.
Las graves se pagan en su totalidad
Pero no todas las sanciones llevan aparejado el pronto pago. Aquellas calificadas de muy graves son la excepción. En la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad se explica que sólo si la infracción es leve (hasta 100 euros) o grave (hasta 500 euros) existe la multa por pronto pago. Si la infracción es muy grave no existe un descuento.
En el artículo 77 de la ley mencionada se enumeran las conductas tipificadas por las que hay que pagar la cantidad total de la multa. Hay 26 tipos, y en caso de que cometas una de ellas recibirás una sanción mínima de 500 euros y perderás algún punto del carné de conducir. Estas son algunas de las que están incluidas:
-Conducción temeraria.
-Circular en sentido contrario al establecido.
-Superar la velocidad por encima de los 40 y 70 km/h por encima del límite permitido
-Conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas, o con presencia en el organismo de drogas.
-Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.
-Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros.
-Conducir un vehículo careciendo del permiso o licencia de conducción correspondiente.
-Arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
-Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios.