Motor

Faconauto pide una indemnización "justa" para los concesionarios en caso de cancelación del contrato

  • Stellantis cancelará los contratos de 129 concesionarios en España
  • Anfac no entiende el por qué de esta enmienda tras tener la mejor relación con los concesionarios en un lustro

Ankor Tejero

La patronal de los concesionarios (Faconauto) ha pedido hoy a los grupos parlamentarios que apoyen la modificación de la Ley de Agencia. Una enmienda, presentada por el PDeCAT, que proporcionaría a los concesionarios el derecho a una indemnización "justa" cuando la marca decida cancelar su contrato de manera unilateral.

Y es que la electrificación ha traído consigo unos cambios en las relaciones entre los fabricantes y los concesionarios. Los primeros quieren ser los responsables de la distribución de vehículos. Todo ello con el objetivo de ahorrar costes y de ser los últimos responsables entre la marca y el cliente. Esta situación ya ha provocado que algunos grupos automovilísticos, como Stellantis, hayan cancelado los contratos de 129 concesionarios. Una medida que, tal y como ha reconocido el presidente de la patronal, Gerardo Pérez, "afecta a entre 10.000 y 12.000 empleados".

Pérez ha comentado que "hay dos perjudicados: el concesionario que se va y el que se queda por las inversiones brutales. Se le piden inversiones en ausencia de un marco regulatorio. En este sentido, esos contratos que se cancelaron en el mes de mayo y en junio hay que cerrar la persiana. En junio se producirán muchos cierres patronales, donde la gente tendrá que ir al Fogasa (Fondo de Garantía Salarial). No podemos permitir cerrar concesionarios a coste cero".

No es la única automovilística, ya que Jaguar reducirá su red de concesionarios y pasará a tener 5 frente a los 48 que tiene en la actualidad. Asimismo, John Deere pasará de tener "30 concesionarios a 5 o 6", ha añadido Pérez.

Pérez ha explicado que lo que pretenden con esta enmienda es "establecer un marco de mínimos". El mandamás de los concesionarios españoles ha apuntado que "hay una parte importante de los fabricantes que están incluidos en este proceso a los que hay que poner un límite. Somos de los pocos países de Europa que no tenemos un marco regulatorio". La enmienda busca generar un marco justo entre las partes, evitando potenciales judicializaciones de procesos de reestructuración. No obstante, el objetivo de la enmienda no es solo proteger las inversiones de las pymes, sino que también busca minimizar los riesgos financieros para los empresarios y desincentivar la resolución unilateral de los contratos.

Dicha modificación, que está previsto que se firme este jueves, que se propone a la Ley de Agencia pretende establecer unas indemnizaciones para los concesionarios en caso de extinción unilateral del contrato que los vincula con sus marcas en aspectos relacionados con inversiones no amortizadas, fondos de comercio y personal laboral ligado a su actividad.

De hecho, la patronal de los concesionarios y los fabricantes (Anfac) acordaron un diálogo en junio de 2022 que no fructificó. Por este motivo, el PDeCAT retiró una enmienda presentada en el mismo sentido.

Para Faconauto, el apoyo a la citada enmienda es "urgente", porque actualmente hay una clara tendencia de las marcas a la concentración o a que los contratos de distribución pasen a ser de agencia, lo que lleva consigo una cancelación de sus contratos vigentes.

La patronal de los concesionarios ha justificado también la necesidad de este cambio legal debido al importante papel que desempeña en España la distribución de automóviles, vehículos industriales y maquinaria agrícola, que representa el 2,7% del PIB y proporciona empleo directo y de calidad a más de 153.000 personas y a 456.000 de forma indirecta a lo largo de toda la geografía nacional.

Una enmienda en la que también ha encontrado apoyo en la patronal de distribuidores oficiales e independientes (Ganvam). La asociación ha recordado que cuando los tribunales han aplicado la Ley de Contrato de Agencia a supuestos de cancelación que no estaban previstos en dicha normativa, lo han hecho atendiendo a las circunstancias de cada caso, habiendo considerado que se había producido incumplimiento de contrato, competencia desleal, falta de preaviso, etc. Es decir, la aplicación de estos supuestos se ha sometido al criterio del juez.

Anfac no entiende la enmienda

La patronal de los fabricantes, por su parte, "no entiende" el por qué de esta enmienda en un momento en el que las relaciones entre marcas y concesionarios está en el mejor momento de los últimos cinco años.

Anfac asegura que no es cierto que exista un vacío legal. En España ya existe una protección a los concesionarios, recogida por el Tribunal Supremo, que indica en qué supuestos se aplican análogamente las indemnizaciones de la ley de contrato de agencia.

Excepción europea

Faconauto ha recordado que actualmente la actividad de los concesionarios en nuestro país sólo se ve amparada por normas europeas. En este sentido, Pérez ha señalado que "somos de los pocos países de Europa que no tenemos un marco regulatorio. En España cuando lo cancelan el contrato dicen a quién se lo tienen que vender. En Italia lo han eliminado y el concesionario podrá vender a quien quiera. Tienen derecho indemnización y no se quedan tirados los empresarios".

De igual forma, en noviembre del año pasado el Grupo Republicano de la Asamblea Nacional francesa propuso una modificación al actual Código de Comercio galo que garantizaría que las inversiones exigidas a los concesionarios sean razonables según el contexto económico.

"Cuando un concesionario cancela un agente, el empresario pequeño está protegida por la ley de agencia. Pedimos tener un marco regulatorio y que de la misma manera el juez diga cuál es la indemnización correspondiente", ha asegurado Pérez.

Desde Anfac aseguran que no es cierto que España sea una excepción.

Y es que la enmienda pretende una solución y una legislación que solo está presente en Italia y Bélgica. No es cierto, por tanto, que España sea la excepción, sino al revés, es Italia el único país que regula específicamente este asunto. Y es que, según el informe jurídico independiente elaborado por el despacho Gómez-Acebo & Pombo, "las únicas excepciones las encontramos en Italia y en Bélgica, aunque con alcances dispares". Así, el despacho explica que "la excepción italiana no parece añadir nada sustancial respecto del régimen ya existente en España. España ya contempla la procedencia del pago por fabricante de una indemnización por los daños y perjuicios causados por la resolución unilateral del contrato cuando no se han cumplido los requisitos de la existencia de un preaviso razonable". En el caso de la normativa belga, "se trata de un sistema indemnizatorio para todos los sectores económicos, no sólo la distribución de automóviles".