Bolsa, mercados y cotizaciones

Cómo aprovechar las pérdidas en bolsa

  • Los expertos aconsejan un análisis para reducir la factura fiscal de la Renta
  • Una de las vías es compensar las plusvalías con las minusvalías
Imagen: Getty

Isabel Blanco

Llega la época en la que los expertos recomiendan analizar los rendimientos obtenidos durante el año para intentar reducir la factura fiscal de cara a la declaración de la Renta. Con los instrumentos y productos de ahorro, una de las vías es la compensación de las plusvalías con minusvalías, que este año cobra más relevancia con la mayoría de activos arrastrando pérdidas anuales. 

Mirar cómo va el dinero de un fondo de inversión o el que se tiene en acciones este año es desolador para muchos inversores. Las pérdidas lo inundan casi todo. Es posible ganar dinero en 2018, claro, pero sencillo no es. Por ejemplo, ninguno de los fondos de renta variable que invierten en la bolsa española se encuentra en positivo. Y los mixtos más conservadores, aquellos que invierten solo un máximo del 35 por ciento en bolsa, sufren, de media, descensos del 5,6 por ciento.

Más de un 60 por ciento de las cotizadas españolas arrastra caídas desde principios de año

También es muy probable acumular pérdidas con acciones. Más de un 60 por ciento de las cotizadas españolas arrastra caídas desde principios de año, en algunos casos muy abultadas. En el Ibex 35, que se deja un 12,23 por ciento, el porcentaje de valores en rojo es similar, entre ellos están algunos de los títulos más comunes en las carteras de particulares, como Santander o BBVA.

Con este panorama, no es raro encontrarse con minusvalías a pocas semanas de cerrar 2018. Y llegados a este punto, conviene plantearse la posibilidad de vender. Sí, vender, asumiendo las pérdidas, porque en determinados casos se pueden hacer efectivas para sacarles partido. No es ninguna locura desde una óptica fiscal.

Lo primero que hay que vigilar, recuerdan desde Abante, es que "cuando compramos valores cotizados -acciones, títulos de renta fija o fondos de inversión- y los vendemos con minusvalía, no nos podemos declarar la pérdida si hemos comprado títulos homogéneos durante los dos meses anteriores o los dos posteriores al momento de dicha venta".

El siguiente paso es comprobar si, además de las pérdidas latentes que se tengan en el año, se han obtenido ganancias por otros activos, como intereses de bonos, depósitos o cuentas corrientes, dividendos... Si es así, antes de hacer números hay que analizar de dónde proceden esas plusvalías, porque en función de ello se pondrán compensar por completo o no.

En la base que se calculan las rentas del ahorro existen dos grandes compartimentos: los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales. En el primero se incluyen desde intereses de cuentas de ahorro, depósitos, dividendos, cupones y la venta de renta fija hasta lo que se obtenga en seguros, Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS), planes Ahorro 5... Y en el segundo se agrupa a las rentas generadas por la venta de acciones, de fondos, ETFs, sicavs, derivados, divisas y warrants, así como de inmuebles. Fiscalmente, las plusvalías se pueden compensar con minusvalías sin límite alguno dentro de cada cajón. Es decir, las pérdidas en bolsa pueden servir para reducir las ganancias obtenidas al vender una vivienda. La restricción llega cuando se quiere hacer esa compensación entre activos de los dos compartimentos: hay un tope que este año alcanza el 25 por ciento.

Cómo compensar

Imagine que obtiene 200 euros de un depósito y que ha recibido 2.000 euros en dividendos de cotizadas. Ambos se consideran rendimientos del capital mobiliario. Y que, por otro lado, ha retirado su dinero de un fondo con ganancias de 1.500 euros (recuerde que al traspasar dinero de un fondo a otro estará exento ya que se difiere la tributación) y, sin embargo, sufre pérdidas de 4.000 euros en su cartera de acciones y decide venderlas. Aquí, en las ganancias patrimoniales, el saldo sería negativo.

Pues bien, las plusvalías del fondo, los 1.500 euros, quedarían compensadas por los 4.000 euros de pérdidas en acciones, pero también un 25 por ciento de los 2.200 euros del primer cajón (550). ¿Por cuánto tendría que tributar? Tendría que rendir cuentas por los rendimientos del capital mobiliario, los 2.200 euros, a los que restaría el 25 por ciento; en total, 1.650 euros que se integrarían en la base imponible. Por el lado de las ganancias patrimoniales, el importe a gravar sería 0, ya que sufrió pérdidas mayores (4.000) a lo que ingresó (1.500).

¿Cómo se aprovecha esta minusvalía que seguiría quedando? Una vez compensado todo (los 1.500+550), sobrarían 1.950 euros, una pérdida que tiene utilidad de cara a futuro. El contribuyente podrá utilizarla en los cuatro años siguientes para compensar ganancias respetando siempre los mismos límites.

Además, si "ha transmitido acciones con pérdidas mientras que su cónyuge ha transmitido acciones distintas obteniendo una plusvalía, puede resultar interesante analizar la posibilidad de tributar conjuntamente en este ejercicio", sugieren los fiscalistas del Consejo General de Economistas (CGE).

El caso particular de los planes

Entre todas estas rentas del ahorro no figuran por ningún lado los planes de pensiones. Y es que su tratamiento fiscal es diferente. Tributan, como el Plan de Previsión Asegurado (PPA), directamente al marginal del IRPF. Aunque aquí la compensación no existe, disfrutan de sus propias ventajas. En el lado de las aportaciones, el dinero invertido durante el año es deducible de la base imponible del IRPF. Con un límite de 8.000 euros, por lo que fiscalmente no interesa aportar más. En cuanto a los rescates, lo ventajoso es realizarlos como rentas vitalicias. Solo es preferible como capital en el caso de poder aprovecharse del coeficiente reductor del 40 por ciento para aportaciones previas a 2007.

Para aquellos que "se jubilaron en 2010 o antes, y los que lo hicieron en 2016, sepan que el 31 de diciembre de este año es el último día que tienen para rescatar su plan en forma de capital con derecho a reducir el importe en un 40 por ciento", recuerdan desde el CGE.