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Las gestoras podrán vender fondos en otra entidad sin réplica en Luxemburgo

  • Las comercializadoras tendrán que adaptar sus sistemas
<i>Foto: Archivo</i>

Ángel Alonso

La industria de gestión de activos española se encuentra a un paso de adentrarse en una de sus mayores transformaciones de los últimos años en cuanto a comercialización de fondos de inversión se refiere. La modificación de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, a través de los cambios introducidos en el proyecto de ley sobre información no financiera, permitirá extender el régimen de las cuentas ómnibus a todos los fondos, no solamente en la comercialización de los de nuevo registro. Solo falta que el Senado dé su visto bueno para que sea una realidad.

De esta forma se equipara el régimen de comercialización de las IIC españolas con las extranjeras, permitiendo modificar para los fondos españoles ya inscritos el registro de partícipes, actualmente en manos de la gestora al comercializador. Y se elimina el engorro de tener que disponer de dos registros, con el consiguiente coste que conlleva.

Con el cambio de la ley, se permitirá un proceso de adaptación de las gestoras que quieran cambiar el registro de partícipes desde la gestora al comercializador, con el consentimiento de los partícipes.

En la práctica, esto posibilitará que los vehículos de inversión de la gestora de una entidad financiera puedan ser distribuidos en una tercera firma de la competencia sin necesidad de tener una réplica en Luxemburgo y sin que los datos de los partícipes caigan en su poder.

Además, se facilitarán los acuerdos de distribución de los fondos de inversión españoles a través de plataformas europeas sin necesidad igualmente de tener un vehículo clon en el Gran Ducado, con el importante ahorro de costes que supondrá, sobre todo, para las firmas de tamaño medio y pequeño.

No se espera un vuelco importante en el negocio de las gestoras pese a que tengan que adaptar sus sistemas informáticos

Por el lado de las entidades, tendrán que adaptar sus sistemas informáticos para permitir la operativa con las cuentas ómnibus, aunque las fuentes del sector consultadas desconfían de que se produzca un vuelco importante en el negocio de las gestoras.

Además, los cambios introducidos en la ley también introducen la figura de entidades mediadoras, que afecta principalmente a las plataformas de fondos, como Allfunds, o Inversis, que permite a dichas plataformas abrir cuentas ómnibus a nombre de la gestora y dar soporte a las firmas distribuidoras.

El proyecto de ley mencionado acaba de ser remitido recientemente a la Cámara Alta donde, a falta de que se pueda introducir alguna enmienda, permitirá esta pequeña revolución en la industria española de inversión colectiva.

Luxemburgo se ha convertido en un sello de calidad en el mundo de la gestión de activos

Durante los últimos años han surgido muchas firmas de inversión españolas de un volumen reducido, en comparación con sus competidores, que tenían difícil acceso a un inversor internacional precisamente por los costes que supone la creación de un fondo espejo en Luxemburgo. Es cierto que la marca de este pequeño país se ha convertido en un sello de calidad en el mundo de la gestión de activos, y muchos clientes prefieren invertir en estos vehículos por la mayor confianza y seguridad jurídica que les proporciona colocar allí su dinero.

En muchas ocasiones, estas gestoras pequeñas han utilizado una gestora radicada en Luxemburgo con una sicav ya registrada para utilizarla como estructura sobre la que registrar su fondo.

Luxemburgo se ha convertido en el principal polo de atracción del sector, con 9.959 fondos registrados y un volumen de activos de 3,3 billones de euros, según datos de Morningstar. En lo que va de año, los flujos netos de los fondos domiciliados allí ascienden a 30.353 millones de euros.