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¿Compró acciones en la salida a bolsa de Bankia? Guía práctica para reclamar su dinero


    EFE

    Bankia ha presentado un programa para que los pequeños accionistas que invirtieron en la salida a bolsa en julio de 2011 recuperen su dinero, un proceso gratuito que les permitirá recuperar el 100% de su inversión más intereses.

    Después de que el Tribunal Supremo avalara a comienzos de febrero dos sentencias que echaban para atrás dos recursos de la entidad, Bankia se ha decidido a poner en marcha un mecanismo que ha querido que sea lo más simple y ágil posible.

    - ¿Qué debo hacer si compré acciones de Bankia en la salida a bolsa y quiero recuperar mi dinero?

    Lo primero es acudir a una sucursal de Bankia provisto del DNI, para rellenar una solicitud que le entregarán allí mismo y que también se puede obtener en la web de Bankia (aquí el modelo informativo de la solicitud en pdf). Si compró las acciones a través de la propia Bankia, en el momento se presenta la solicitud, y la entidad se encarga de darle curso.

    Si la compra de acciones se realizó a través de un banco distinto, hay que aportar, además del DNI, un extracto de la cuenta de valores que acredite los movimientos con las acciones de Bankia.

    - ¿Cuánto tiempo tengo para decidir si me acojo a esta modalidad?

    Los pequeños accionistas que compraron acciones de Bankia tienen tres meses, que empiezan a contar mañana, para presentar sus solicitudes.

    - ¿Cuánto tiempo tardaré en recuperar mi dinero?

    El tiempo estimado para el reembolso es de unos quince días a partir del día en el que se presente la petición.

    - ¿Recuperaré todo mi dinero?

    Bankia devolverá a los pequeños ahorradores el importe íntegro que invirtieron, a lo que hay que sumar un 1% anual de intereses.

    - ¿Qué pasa si he acudido a los tribunales y tengo pendiente una demanda contra Bankia?

    Los que tengan pendientes reclamaciones ante los tribunales también se pueden acoger a esta modalidad; una vez presentada la solicitud, Bankia se dirigirá al juzgado correspondiente para informar al juez de que el demandante quiere desistir.

    - ¿Quién paga las costas de estos juicios?

    Una vez que el juez liquide la causa, será también él el que decida quién se hace cargo de las costas y de los gastos en los que hayan incurrido los abogados de los demandantes, y previsiblemente estos recaerán en la propia entidad financiera.