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No pierda dinero en el extranjero, repatrie sus dividendos



    Antes de hacer las maletas lo habitual es informarse del destino, más cuando el viaje es a otro país. Los más organizados incluso optan por hacer listas para no olvidar nada. Lo primero, algo muy básico, si es necesario el pasaporte o si el Documento Nacional de Identidad es suficiente para cruzar la frontera. Antes de invertir en compañías extranjeras, también hay que tener en cuenta que, aunque existe libre circulación de capitales, es importante conocer las particularidades del destino de la inversión porque el billete de vuelta puede salir muy caro.

    Quien tiene acciones internacionales en cartera sabe muy bien que, por ejemplo, el cobro de dividendos tributa dos veces. La retribución viaja a España tras sufrir una retención en el país de origen y una vez que aterriza vuelve a pasar por Hacienda. A veces es imposible recuperar esa primera retención en el pago, pero en otros casos sí que se puede repatriar parte o incluso todo el dinero retenido en el extranjero.

    El viaje internacional de los dividendos es siempre el mismo. Parten de un país y cuando llegan a la cuenta de un inversor ya viene descontado el impuesto de allí. El importe completo, el bruto, vuelve a sufrir una retención en España -la realiza el propio banco y no la compañía, como ocurre con los pagos de empresas nacionales- y tributará al 21, 25 ó 27 por ciento en función del marginal de cada inversor. Así, al cobrar un dividendo de Volkswagen de 3,56 euros, el inversor recibirá 2,492 euros -se le ha retenido un 30 por ciento- y en España se le aplicará un 21 por ciento adicional, además de tributar por los 3,56 euros brutos. ¿Se puede solventar esta doble tributación? Sí, pero no siempre.

    Aunque el vuelo de vuelta sigue el mismo rumbo en todos los casos, recuperar ese dinero depende del país de origen. Los ciudadanos españoles pueden moverse sin pasaporte por más de una treintena de países europeos, pero en el mundo de la inversión no se puede generalizar tanto a la hora de hablar de dividendos extranjeros, ni siquiera dentro del continente o de la propia Unión Europea. Cada país tiene un convenio bilateral diferente con España y es distinto el impuesto que cobra Alemania, Francia o Italia, al igual que varía cuando el dividendo procede de otros países como EEUU.

    Lo único que tienen en común estas repatriaciones es que por esta doble imposición el inversor podrá deducirse en la declaración la menor de ellas, aunque con matices. "El impuesto en el extranjero que se tiene en cuenta no es el retenido en el país sino el que se aplica según el convenio establecido", explica Victoria Rubio, responsable de servicio fiscal Citigold de Citibank España. Es decir, que aunque Alemania le haya retenido un 30 por ciento, el convenio con España dice que el porcentaje que podrá recuperar es el 15 por ciento. En este caso, como la retención de la Hacienda española por los dividendos es del 21 por ciento, el inversor sólo podría deducirse el 15 por ciento -el menor de estos dos porcentajes-. ¿Qué ocurre entonces con esa otra mitad del dinero que se quedó en Alemania? "La única posibilidad es presentar el certificado de residente fiscal y hacer la declaración allí también", expone Victoria Rubio, pero como explica la experta ésta es una vía a la que no suelen recurrir los pequeños inversores.

    Es por eso que el convenio bilateral entre los países es clave. Alemania es uno de los países en los que el porcentaje acordado para deducciones, del 15 por ciento, dista más del impuesto que retienen en el país, un 30 por ciento. Realmente es un cálculo más complejo, ya que en lugar de los porcentajes se comparan los importes retenidos en efectivo exactamente y en España la cuantía es el resultado de aplicar el tipo del 21 por ciento sobre toda la base del ahorro por dividendos. Pero en cualquier caso, Alemania es uno de los clásicos destinos europeos que más dinero se queda de las retribuciones que corresponden a los inversores españoles.

    Impuestos distintos, en países distintos

    Para los inversores españoles que vuelan a EEUU en busca de dividendos atractivos es más fácil recuperar la retención del pago. En cuestión de viajes, ir al país norteamericano no es tan sencillo como trasladarse por Europa. Los ciudadanos españoles se mueven por países europeos sin necesidad de burocracia, ni siquiera tienen que llevar encima el pasaporte, mientras que la entrada a EEUU requiere de más documentación y trámites previos. En cambio, allí el tipo aplicado a la retribución al accionista es del 15 por ciento, el mismo porcentaje que se aplica según el acuerdo entre España y EEUU. Por tanto, si un inversor recibe 1,8 dólares brutos como dividendo de AT&T, en su cuenta solo recibirá 1,53 dólares por acción -descontado un 15 por ciento-, pero una vez que haga su declaración a Hacienda en España podrá deducirse esos mismos 1,53 dólares, la menor cantidad entre las dos retenciones. El contribuyente español consigue así todo el dinero por el que ya ha tributado en EEUU.

    En cambio, nuestros países vecinos se quedarán una parte de la retribución. En los dividendos de empresas italianas y francesas, el inversor no podrá recuperar todo a no ser que haga la declaración allí. Italia y Francia retienen un 27 y un 25 por ciento del importe pagado, respectivamente, pero el tipo acordado por convenio con nuestro país también es del 15 por ciento. La deducción máxima posible será de ese 15 por ciento, por lo que el inversor español no puede rescatar el 25 ó 27 por ciento que al final es lo que se ha quedado fuera de nuestras fronteras.

    Uno de los dividendos que muchos inversores españoles tienen en cartera es el de Enel. Algunos clásicos accionistas de Endesa aceptaron en su momento la operación pública de adquisición (opa) de la eléctrica italiana tras la que la española se quedó con solo un 10 por ciento de su capital circulando libremente en bolsa y compraron títulos de la italiana, que era líder en retribución dentro del sector. Todos estos inversores cobraron en junio 0,15 euros brutos por acción, de los que la Hacienda italiana retuvo 0,0405 euros. A España llegaron 0,1095 euros y se aplicó una nueva retención del 21 por ciento. Estos accionistas solo podrán deducirse 0,0225 euros, los 0,018 restantes se quedan en Italia.

    Cuando todo el dinero se queda en el extranjero

    El inversor español no tiene nada que hacer en un supuesto. "Si las rentas totales recibidas por dividendos no llegan a 1.500 euros no puedes deducirte el impuesto que has pagado en el extranjero", sentencia la experta de Citi. Y es que en España existe la exención de que los accionistas no tributen cuando las retribuciones, en conjunto, sean inferiores a esta cantidad. Si no tienen que rendir cuentas por ello, no hay forma de deducirse la retención en el extranjero pese a que la Hacienda española también ha descontado un 21 por ciento al pago.

    Antes de invertir en compañías extranjeras en busca de retribuciones, por tanto, haga números si quiere saber cuánto dinero recibirá limpio. Por ejemplo, en el caso de cobrar 1.000 euros brutos por acción como dividendos de una empresa alemana, realmente ingresará 553 euros netos por título, después del pellizco que se queda el fisco en ambos países. Aquí no hay manera de recuperar nada. Eso sí, no tendrá que tributar por el 21, 25 ó 27 por ciento.