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¡Repatrie los dividendos extranjeros!



    Las retribuciones con 'pasaporte' extranjero sufren una doble retención fiscal, una en el país de origen de la empresa y otra cuando llegan a España, y cada destino impone un 'peaje' fiscal diferente a los inversores. Conozca cómo puede recuperar parte o todo el dinero retenido fuera al hacer su declaración a la Hacienda española y los casos en los que es imposible traerlo de regreso

    Antes de hacer las maletas lo habitual es informarse de la ciudad que se visitará, más cuando el viaje es a otro país. Antes de invertir en compañías extranjeras también conviene conocer el destino de la inversión porque el billete de vuelta puede salir muy caro. Quien tiene acciones internacionales en cartera sabe muy bien que, por ejemplo, el cobro de dividendos tributa dos veces.

    El viaje internacional de los dividendos es siempre el mismo. Parten de un país y cuando llegan a la cuenta de un inversor ya viene descontado el impuesto de allí. El importe completo, el bruto, vuelve a sufrir una retención en España y tributará al 21, 25 ó 27 por ciento en función del marginal de cada inversor. Así, al cobrar un dividendo de Volkswagen de 3,56 euros, el inversor recibirá 2,492 euros -se le ha retenido un 30 por ciento- y en España se le aplicará una retención del 21 por ciento adicional, además de tributar por los 3,56 euros brutos. ¿Se puede solventar esta doble tributación? Sí, pero no siempre.

    Recuperar ese dinero depende del país de origen. Los ciudadanos españoles pueden moverse sin pasaporte por más de una treintena de países europeos, pero en el mundo de la inversión no se puede generalizar tanto a la hora de hablar de dividendos extranjeros, ni siquiera dentro de la propia Unión Europea. Cada país tiene un convenio bilateral diferente con España y es distinto el impuesto que cobra Alemania, Francia o Italia, al igual que varía cuando el dividendo procede de otros países como EEUU.

    Lo único que tienen en común estas repatriaciones es que por la doble imposición el inversor podrá deducirse en la declaración la menor de ellas, aunque con matices. "El impuesto en el extranjero que se tiene en cuenta no es el retenido en el país, sino el que se aplica según el convenio establecido", explica Victoria Rubio, responsable de servicio fiscal Citigold de Citibank España. Es decir, que aunque Alemania le haya retenido un 30 por ciento, el convenio con España dice que el porcentaje que podrá recuperar es el 15 por ciento. En este caso, como la retención de la Hacienda española por los dividendos es del 21 por ciento, el inversor sólo podría deducirse el 15 por ciento -el menor de estos dos-. ¿Qué ocurre entonces con esa otra mitad del dinero que se quedó en Alemania? "La única posibilidad es presentar el certificado de residente fiscal y hacer la declaración allí también", expone Victoria Rubio.

    Es por eso que el convenio bilateral entre los países es clave. Alemania es uno de los países en los que el porcentaje acordado para deducciones, del 15 por ciento, dista más del impuesto que retienen en el país, un 30 por ciento, con lo que es uno de los que más dinero se queda de los pagos que corresponden a los inversores españoles.

    El dinero atrapado fuera

    Según la experta de Citi, para los inversores españoles que vuelan a EEUU en busca de dividendos atractivos es más fácil recuperar la retención del pago. El tipo aplicado a la retribución al accionista es del 15 por ciento, el mismo tipo que se aplica según el acuerdo entre España y EEUU. Por tanto, el contribuyente español consigue traer de vuelta todo el dinero por el que ya ha tributado.

    En cambio, nuestros países vecinos se quedarán una parte de la retribución. En los dividendos de empresas italianas y francesas, el inversor no podrá recuperar todo a no ser que haga la declaración allí. Italia y Francia retienen un 27 y un 25 por ciento, respectivamente. Pero el tipo acordado por convenio con nuestro país es del 15 por ciento y será esta la deducción máxima posible.

    Uno de los dividendos que muchos inversores españoles tienen en cartera es el de Enel. Algunos clásicos accionistas de Endesa aceptaron en su momento la opa de la eléctrica italiana y compraron títulos de Enel, que era líder en retribución dentro del sector. Estos inversores cobraron en junio 0,15 euros brutos por acción, de los que la Hacienda italiana retuvo 0,0405 euros. A España llegaron 0,1095 euros y se aplicó una nueva retención del 21 por ciento. Estos accionistas solo podrán deducirse 0,0225 euros, los 0,018 restantes se quedan en Italia.

    El inversor español no tiene nada que hacer en un supuesto. "Si las rentas recibidas por dividendos no llegan a 1.500 euros no puedes deducirte el impuesto que has pagado en el extranjero", sentencia Rubio. En España existe la exención de no tributar cuando los pagos, en conjunto, sean inferiores a esta cantidad. Si no hay que rendir cuentas, no hay forma de deducirse la retención en el extranjero pese a que la Hacienda española también ha descontado un 21 por ciento.