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La Justicia valorará el lenguaje corporal en las declaraciones de víctimas de violencia de género
- El TS fija criterios orientativos para evaluar a la afectada en el proceso penal
Ignacio Faes
El Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia una serie de criterios orientativos a tener en cuenta ante la declaración de las víctimas en el proceso penal. Entre otros, el Supremo ha incluido la claridad expositiva ante el Tribunal y el "lenguaje gestual de convicción".
"Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los gestos con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal", subraya el Tribunal Supremo en la sentencia, de 6 de marzo de 2019. De este modo, el Tribunal evaluará "la seriedad expositiva, que aleja la creencia del Tribunal de un relato figurado, con fabulaciones, o poco creíble".
"Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los gestos con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal", subraya el Supremo
También valorará "la expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurridos, la ausencia de contradicciones y concordancia del iter relatado de los hechos, la ausencia de lagunas en el relato de exposición que pueda llevar a dudas de su credibilidad". Según el Supremo, "la declaración no debe ser fragmentada".
La sentencia de la Sala de lo penal del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Magro Servet, trata de fijar una serie de parámetros para valorar esta declaración de la víctima el día del juicio, en torno a la apreciación de la credibilidad sobre los hechos de los que fue sujeto pasivo del delito y la percepción del tribunal a la hora de llegar al proceso de convicción sobre la realidad y veracidad de lo que relata.