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Las pruebas de nacionalidad se adaptarán al nivel cultural
Xavier Gil Pecharromán
Las pruebas de conocimiento del idioma español , Constitución y cultura y sociedad españolas para acreditar la integración en España para la obtención de la nacionalidad por residencia para extranjeros se ajustarán al nivel cultural y limitaciones personales del solicitante.
Así, lo informa el Ministerio de Justicia en el texto de una consulta pública abierta para recabar opiniones sobre la modificación del Reglamento que regula el procedimiento de adquisición de la nacionalidad por residencia.
Justifica el Departamento encabezado por Dolores Delgado que ese sistema de acreditación "no puede ser idéntico para todas las personas sin excepción alguna, por cuanto dejaría fuera del acceso a la adquisición de la nacionalidad a las que, por su escaso nivel cultural, o bien por sus limitaciones personales, se vieran en la imposibilidad de alcanzar el nivel de conocimientos necesario para superar las pruebas".
Presentación de acta notarial
Fuentes de la Dirección General de los Registros y del Notariado han explicado que la prueba de estas circunstancias podría efectuarse mediante acta notarial, que acompañará a la solicitud de dispensa.
La Constitución española exige a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas y remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. En el texto de la consulta se explica que en los expedientes deberá acreditarse que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 22.4 del Código Civil, es decir, la buena conducta cívica y el suficiente grado de integración en la sociedad española.
No obstante, se considera que esta exigencia debe cohonestarse con el principio que establece el artículo 14 de la Constitución Española, de no discriminación por razón de nacimiento, edad -corta o avanzada-o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
En aras de este principio de igualdad, el Ministerio de Justicia entiende que es necesario que aquellas personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje "dispongan de los apoyos y de los ajustes razonables que les permitan concurrir en condiciones de igualdad efectiva". Asimismo, se anuncia en el texto, que podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria.
Estas modificaciones hace necesaria la modificación del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia para determinar quiénes son los sujetos legitimados para solicitar la dispensa de las pruebas objetivas tanto de diplomas de español como lengua extranjera (Dele), como de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), así como el procedimiento, la resolución, la eficacia de la resolución y los recursos pertinentes.
Las adquisiciones de nacionalidad española en 2017, último ejercicio cerrado, correspondieron a 66.498 personas, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). De ellos, 32.748 fueron hombres y 33.750, mujeres. De ellos, 14.192 habían nacido en España frente a 52.306, nacidos fuera. La caída en el número de nacionales obtenidas de 2017 supuso una caída del 55,95 por ciento con respecto a las registradas un año antes.