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Los partidos políticos tienen que usar ya el Plan Contable adaptado

    Foto: Archivo.

    Xavier Gil Pecharromán

    El Pleno del Tribunal de Cuentas (TCu) ha aprobado la adaptación del Plan de Contabilidad Adaptado a las Formaciones Políticas a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, en cumplimiento de la Disposición final octava de esta Ley.

    El Plan de Contabilidad Adaptado a las Formaciones Políticas entró en vigor el 1 de enero de 2014, si bien la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 3/2015, estableció que los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores no quedarían vinculados a este Plan , en tanto no se procediera, mediante acuerdo del Pleno del Tribunal, a su adaptación a la citada Ley Orgánica. Ello no impedía su aplicación voluntaria por las mismas.

    El Plan de Contabilidad será de aplicación obligatoria para los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

    Para realizar esta adaptación, el TCu ha analizado con detalle todos los cambios que, con repercusión contable, incorporaba la Ley Orgánica 3/2015 y ha tenido en cuenta -en función de su experiencia fiscalizadora- aquellos otros aspectos cuya modificación ha considerado conveniente, una vez transcurridos cuatro años desde su entrada en vigor.

    Este Plan de Contabilidad Adaptado está en vigor desde el 1 de enero de 2019, por lo que todas las formaciones políticas deberán aplicarlo a sus cuentas anuales de los ejercicios económicos que se hayan iniciado a partir de esta fecha. Las cuentas referidas al ejercicio 2019 habrán de remitirse antes del 30 de junio de 2020, en formato electrónico y por medios telemáticos.

    Así, se establece en la Instrucción por la que se regula la presentación telemática de las cuentas anuales consolidadas de los partidos políticos, y el formato de las cuentas, así como el cumplimiento de las obligaciones de información al TCu establecidas por la normativa en relación con las referidas contabilidades, aprobada por el Pleno del Tribunal el 30 de marzo de 2017.

    Durante los últimos años, el Tribunal de Cuentas ha puesto en marcha una serie de actuaciones y medidas para reforzar su actuación y agilizar al máximo los plazos para realizar de manera efectiva el control de los partidos políticos y de sus fundaciones y entidades vinculadas o dependientes.

    Entre otras iniciativas, ha desarrollado una plataforma informática específica para la remisión telemática de las cuentas anuales por aquellos y ha elaborado el propio Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas, que ahora ha modificado para acomodarlo a lo dispuesto en la citada Ley Orgánica.