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Las críticas del empresario al delegado sindical son lícitas
Patricia del Águila Barbero
El juez sustituto del Juzgado de lo Social número 2 de Lugo considera que las críticas por parte de un emprario mayoritario contra una sindicalista están amparadas en su derecho a la libertad de expresión, ya que "son críticas y denuncias dirigidas a los trabajadores acerca del funcionamiento de un sindicato y una representante del mismo".
Así, el juez López-Guitián Castro desestima la demanda interpuesta por UGT y la exrepresentante de los trabajadores en Sargadelos contra la empresa de cerámica y su administrador por vulneración del derecho a la libertad sindical. "No queremos que nadie se sienta explotado, según el léxico sindical", consta probado en la sentencia que dijo el administrador.
De esta forma, la sentencia, de 30 de octubre de 2018, determina que "tampoco puede ignorarse que el Sindicato demandante emitió también comunicados donde defendían su actuación y criticaban a la empresa".
Explica el fallo que a criterio de la Sala "dichas expresiones no tienen la gravedad y trascendencia que aquellos le conceden para entenderlas como lesivas de su derecho al honor, y de libertad sindical".
Respecto a los límites de la crítica como manifestación de la libertad de expresión u opinión, es doctrina reiterada, según el texto de la sentencia, la de que el ejercicio de la libertad de expresión no puede justificar sin más el empleo de expresiones o apelaciones insultantes, injuriosas o vejatorias que excedan el derecho de crítica y son claramente atentatorias contra la honorabilidad de aquel cuyo comportamiento se critica.
En cuanto a la grabación aportada por UGT de la asamblea, el juez señala que el administrador no reconoció su voz y que no puede servir de prueba en su contra porque "se desconoce quién realizó la grabación y, en consecuencia, dar veracidad de la misma". Además, resalta que "ninguno de los testigos reconoce las expresiones allí vertidas y leídas por el letrado de UGT en el acto del juicio".
El caso en litigio
UGT presentó la demanda tras la comunicación de despido de 49 empleados con efecto inmediato que realizó el dueño de Sargadelos el pasado 17 de agosto. Tres días después, un grupo de trabajadores recogió firmas para solicitar la dimisión de la demandante como representante sindical. Las relaciones entre la empleada y el socio mayoritario de Sargadelos no eran buenas, pues la había despedido en 2016 y readmitido en febrero de 2018, tras indemnizarla con 30.000 euros, obligado por una sentencia judicial.
Finalmente, el pasado 12 de septiembre se celebró una asamblea, en la que intervino el propietario de la empresa y, dos días después, la sindicalista fue revocada de su cargo. No hay que olvidar que contra esta resolución aún cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Galicia.