Ecoley
La Justicia europea obliga a los tribunales a elevarle los asuntos si no son recurribles
- Exige conocer los pleitos afectados por el Derecho comunitario
Ignacio Faes
Madrid,
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado hoy, por primera vez, que un órgano jurisdiccional cuyas decisiones no son susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno debería haberle planteado una cuestión prejudicial, con el fin de excluir el riesgo de una interpretación errónea del Derecho de la Unión. El TJUE resuelve así tras la decisión de un tribunal francés en un asunto sobre doble imposición tributaria, que está regulada en la normativa europea.
"En principio, cabe declarar la existencia de un incumplimiento de un Estado miembro cualquiera que sea el órgano de dicho Estado cuya acción u omisión haya originado el incumplimiento, incluso cuando se trate de una institución constitucionalmente independiente", señala el fallo. "Cuando contra la decisión de un órgano jurisdiccional nacional no exista ningún recurso judicial, si se plantea ante él una cuestión de interpretación del Tratado, dicho órgano jurisdiccional tendrá la obligación de someter la cuestión al Tribunal de Justicia", añade.
La sentencia recuerda que, en relación con una normativa tributaria destinada a evitar la doble imposición económica de los beneficios distribuidos, la situación de una sociedad accionista que percibe dividendos de origen extranjero es comparable a la de una sociedad accionista que percibe dividendos de origen nacional en la medida en que, en ambos casos, los beneficios obtenidos pueden ser objeto, en principio, de una imposición en cadena. Pues bien, el Derecho de la Unión obliga a un Estado miembro que dispone de un sistema para evitar la doble imposición económica en el supuesto de dividendos que los residentes perciben de sociedades residentes a conceder un trato equivalente a los dividendos que los residentes perciben de sociedades no residentes.