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Adidas blinda como marca las tres bandas paralelas de su calzado

    Foto: Archivo

    Patricia del Águila Barbero

    El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestima los recursos de la empresa belga de calzado Shoe Branding Europe, al no estar de acuerdo con dos resoluciones a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo) que estimó la oposición de la compañía Adidas, y denegó el registro de las dos marcas de la entidad belga.

    En las resoluciones de 2015 y 2016, la Euipo consideró que, teniendo en cuenta una cierta similitud entre las marcas en conflicto, la identidad, -es decir lo que se refiere al calzado-, o la similitud, -al ser calzado de seguridad y de protección-, de los productos designados por ellas y la elevada notoriedad de la marca anterior de Adidas, existía un riesgo de que el público pertinente estableciera un vínculo entre las marcas en conflicto, y de que el uso de las marcas solicitadas se aprovechara indebidamente de la notoriedad de la marca Adidas, sin que existiera justa causa que, en este caso concreto, justificara este uso.

    En sentencia de 1 de marzo de 2018, el TGUE establece que "la existencia de dicho vínculo debe evaluarse globalmente, teniendo en cuenta todos los factores pertinentes a las circunstancias del caso, que incluyen, la naturaleza y el grado de proximidad o similitud de los productos o servicios afectados, el grado de similitud entre las marcas en conflicto, la intensidad de la notoriedad de la marca anterior, el grado de carácter distintivo, intrínseco o adquirido por el uso de la marca anterior o la existencia de un riesgo de confusión en la mente del público pertinente". De este modo, el Tribunal da la razón a Adidas y apoya la resolución de la Euipo.

    Visión de expertos

    Con motivo del fallo del Tribunal General, Alicia Salinas, abogada de PONS IP, asegura que "esta sentencia viene a demostrar la elevada protección que se concede a las marcas renombradas". Signos que, aunque en un principio no tengan un carácter distintivo muy elevado, pueden llegar a obtener una protección más férrea, ganada gracias a su uso intensivo en el mercado.

    Por lo tanto, admite que dicha sentencia "reconoce el esfuerzo realizado por la empresa Adidas, posicionando sus tres bandas en los eventos deportivos más importantes y patrocinando a los mejores deportistas del mundo. Este conocimiento provoca que existan otros fabricantes que lleguen para intentar aprovecharse de esta reputación, incluyendo signos en sus productos que seguramente no son fruto de la casualidad, sino que crean un vínculo con la marca renombrada anterior. Precisamente así es como la ley protege a los titulares de marcas renombradas, tratando de proteger a los titulares legítimos de marcas renombradas de posibles aprovechamientos indebidos injustificados por parte de terceros".