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La jueza confía a Martín Molina Abogados y Economistas el peritaje de la querella sobre las ayudas a Plus Ultra
- Las ayudas se refieren al pago de 53 millones de euros condedidos por la Sepi
Xavier Gil Pecharromán
Martín Molina Abogados y Economistas peritará la querella sobre la compañía aérea Plus Ultra. La firma, presidida por Pedro Martín Molina, es la designada por el juez titular del Juzgado de Instrucción nº 15 de Madrid para realizar el peritaje de la querella presentada por Vox y PP, bajo la acusación de delito de malversación por las ayudas a la aerolínea.
La representación letrada de Plus Ultra había recurrido la decisión de la titular del Juzgado, Esperanza Collazos, de encargar ese peritaje que determine si cumplía con los requisitos legales para obtener el rescate por importe de 53 millones de euros que le fue concedido por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y que Vox y PP, personados en la causa como acusación popular, consideran irregular.
Rescate por fases
El Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas (FASEE) comunicó a la juez el pasado 14 de julio que en dos semanas se cumplía el plazo para efectuar el segundo pago del rescate a Plus Ultra, por importe de 34 millones de euros, ante lo cual Collazos dio traslado a las partes para que se pronunciaran.
La Abogacía del Estado, que representa a los miembros del Consejo Gestor del FASEE, alegó que se debería pagar, reivindicando "la plena legalidad del apoyo financiero otorgado" a Plus Ultra, aunque subrayando que, dado que no tiene "particular interés" en que se haga el desembolso, comparte el "principio de prudencia".
La Fiscalía de Madrid, por su parte, interesó "requerir a Plus Ultra a efectos de que en el término más breve posible acredite la necesidad de entrega del préstamo participativo de 34 millones de euros (...) para pago a acreedores, proveedores, etc".
La SEPI, a través del FASEE, concedió "un apoyo financiero público temporal" a Plus Ultra, a petición de la propia aerolínea, que se estructuró en dos partes: un préstamo ordinario de 19 millones de euros con vencimiento a cinco años que ya se ha entregado, y un préstamos participativo de 34 millones a devolver en siete años, que estaba pendiente y ahora se ha suspendido.
Collazos ya ha incoado diligencias previas contra el que fuera presidente de la SEPI y su actual vicepresidente, Bartolomé Lora, y contra los miembros del Consejo de Administración por una presunta malversación en la tramitación de la ayuda pública. Su citación, no obstante, dependerá del peritaje que se ha encargado, y que la compañía rechaza.
Rechazo de la fiscalía
El pasado 30 de julio, Plus Ultra mostraba su satisfacción ante la solicitud de la Fiscalía Provincial de Madrid a la juez de Instrucción Número 15 de Madrid, Esperanza Collazos, para que desbloquease la ayuda pública a la compañía Plus Ultra en lo relativo al pago de 34 millones de euros.
La Fiscalía afirmaba que en ausencia de apoyo estatal, la compañía no podría atender sus obligaciones operativas, "teniendo graves dificultades para seguir en funcionamiento".
El cese de la actividad de Plus Ultra, señala la Fiscalía citando los informes aportados por la propia compañía, generaría una pérdida de empleo directa de más de 400 personas y afectaría de forma indirecta al empleo de 2.700 trabajadores.El impacto económico sería de 365 millones de euros en términos de facturación, añade.
En el escrito de oposición al peritaje, la defensa de Plus Ultra alegaba falta de motivación y sobre todo "falta de pertinencia, necesidad y utilidad de la prueba pericial acordada, en tanto que viene a remitir a la valoración de un experto, aquello que ya ha sido valorado por una pluralidad de autorizados estudios aportados a las actuaciones y respecto de los que, hasta lo aportado a la causa, no cabe atribuir razón alguna de duda o tacha".
Entre otros informes, cita los realizados por Daiwa Corporate Advisory (DC Advisory), que fue contratado por SEPI, como proveedor externo e independiente de servicios de apoyo, para evaluar la solicitud apoyo financiero mediante el acceso a la financiación del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, gestionado por la propia agencia pública.
En este informe, argumentaba la sentencia, se analizan entre otros el cumplimiento de los criterios de elegibilidad y proporcionalidad de la ayuda. A este documento se une un análisis legal realizado por una consultora independiente sobre aspectos fiscales y laborales, en el que se incluía el análisis del cumplimiento de los criterios de elegibilidad.
El paquete se completaba con un informe de análisis de actividad de la compañía Aérea Plus Ultra del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana; otro de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, (AESA) acerca de la situación económica-financiera de Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A. y otro informe elaborado por la propia SEPI.
Según la defensa se trataba de documentos que ya obraban en la causa, y que constituían "estudios detallados en sus análisis y realizados y firmados por equipos de expertos que han acreditado su solvencia técnica adecuada para la realización de un análisis crítico y exhaustivode la solicitud".
Añadía que igualmente constaban acreditados la documentación e información analizada y sus anexos, así como toda la documentación que fue aportada inicialmente y en las ulteriores subsanaciones realizadas a requerimiento de SEPI durante la instrucción que se ha llevado hasta ahora del procedimiento.