El Tribunal Supremo establece que el derecho a informar de elEconomista prima sobre el de la imagen de Paolo Vasile
- El Tribunal Supremo da la razón a elEconomista
- El CEO de Mediaset pretendía impedir la publicación de sus fotos
Xavier Gil Pecharromán
Madrid,
"Que elEconomista ilustrara sus opiniones e informaciones relacionadas directa o indirectamente con Mediaset con la imagen de su consejero delegado, al que el público identificaba sin duda con dicho grupo de comunicación, tenía amparo en las libertades de opinión e información, sin que fuera óbice para ello que pudieran existir alternativas para transmitir esa misma información u opinión prescindiendo de la imagen del demandante".
Así, lo determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 4 de mayo de 2021, en la que concluye que "el derecho del demandante a su propia imagen, ante una información u opinión de interés general, no le autorizaba a imponer a los medios de comunicación un determinado tratamiento o formato". El fallo condena a Vasile al pago de las costas judiciales.
El consejero delegado de Mediaset, Paolo Vasile, con su demanda pretendía impedir que elEconomista ilustrara las noticias de Mediaset con su fotografía y argumentaba que existían otras fórmulas alternativas para lograr el mismo fin informativo, para lo que se dirigió expresamente a la editora del diario para que cesara en el uso de su imagen hasta en seis ocasiones, argumentando que esta conducta no debía quedar amparada por la libertad de información porque "esta no debía servir como cobertura meramente formal para atentar sin límite, de forma excesiva, contra el derecho fundamental a la propia imagen".
El ponente, el magistrado Marín Castán, razona que "si otros medios usaban la misma o similares imágenes sobre su persona, por razón de que el público la asociaba con Mediaset, no hay por qué suponer que el empleo de tales imágenes por elEconomista no respondiera a idénticos fines críticos o informativos".
El interés general no le autoriza a imponer a los medios de comunicación un formato determinado
Marín Castán argumenta que "no puede aceptarse que la publicación de la imagen respondiera a motivos espurios y no a una auténtica finalidad crítica o informativa", rechazando las alegaciones de que la publicación de su imagen en las noticias de Mediaset se debiera a una controversia entre las partes a raíz de que Mediaset abandonara un proyecto conjunto.
Explica el magistrado que estas afirmaciones no se han probado, puesto que por un lado, "nada dice la sentencia recurrida que permita considerar probada esta tesis de la parte recurrente", y por otro, lado, indica que la imagen de Vasile "también era usualmente utilizada por los medios del grupo Mediaset y por otros medios distintos de elEconomista, en todos los casos para ilustrar noticias que afectaban a Mediaset o al sector audiovisual, medios con los que no consta existiera un enfrentamiento similar al que sí tenía con la sociedad editora demandada".
Citando jurisprudencia de la propia Sala, Marín Castán, determina que "no se buscaba únicamente representar y transmitir su aspecto físico, ni satisfacer la curiosidad de un público que es razonable pensar que ya conociera sobradamente al demandante vinculándole con Mediaset", sino que "solo se buscaba ilustrar una información u opinión de interés general relacionada con la actividad de dicho grupo".