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El Defensor del Pueblo muestra su satisfacción con la suspensión cautelar sobre las ITV prorrogadas
- El auto del Trtibunal Supremo coinciden con la resolución emitida por este organismo
Xavier Gil Pecharromán
El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, en una nota hecha pública, muestra su satisfacción por el reciente auto del Tribunal Supremo que ha suspendido cautelarmente la normativa que establecía que el plazo de validez de las inspecciones técnicas de vehículos (ITV) tenía que contabilizarse a partir de la inspección realizada, descontando así el periodo de prórroga que se concedió por el estado de alarma debido a la pandemia del COVID-19.
La Institución realizó el pasado mes de julio una recomendación a la Secretaría General de Industria para que dicho plazo de validez se contabilizara a partir de la inspección realizada sin descontar, por tanto, el periodo de prórroga.
Ahora, el Supremo ha resaltado en su auto que su criterio coincide con el ya expuesto por el Defensor del Pueblo en su resolución, ya que "al descontar el periodo de prórroga está acortando (la Administración) el periodo de manera artificial la duración de las ITV, produciendo el efecto de obligar a los particulares a realizar la siguiente operación antes de lo previsto".
Durante el estado de alarma, tras el cierre de las estaciones ITV, la Administración estableció una prórroga para la validez de los certificados. Restablecido el servicio, determinó que al plazo de validez de las inspecciones se le descontaría el período de prórroga.