Legal

El cambio de criterio sobre hechos ya juzgados para un ejercicio fiscal previo exige una justificación motivada

  • No se puede reconocer un derecho en un ejercicio  y negarlo en el siguiente
  • eE principio de seguridad jurídica exige que las personas puedan... 
  • ...confiar en la estabilidad y previsibilidad de las decisiones
Foto: EFE

Xavier Gil Pecharromán

Un tribunal no puede dictaminar que una mercantil tiene derecho a deducirse en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) los gastos de la actividad en un ejercicio y que no lo tiene en el siguiente fallo, si los hechos no han cambiado, salvo que lo haga mediante una justificación motivada, porque" el principio de seguridad jurídica exige que las personas puedan confiar en la estabilidad y previsibilidad de las decisiones de la justicia", según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de julio de 2025.

La ponente, la magistrada González de Lara Mingo, determina que "las decisiones contradictorias, cuando se refieren a los mismos hechos y las mismas partes, minan la confianza en la justicia y vulneran principios constitucionales básicos" y considera que esta disparidad vulnera la seguridad jurídica. Así, la Sala anula un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) al dictaminar que ha incurrido en contradicciones sobre idénticos hechos sin justificación suficiente.

En el litigio una sociedad reclamaba la deducción parcial del IVA de los suministros (agua, luz y gas) de un inmueble utilizado tanto como vivienda como despacho profesional.

El TSJA resolvió el asunto de manera dispar en dos ocasiones. En febrero de 2022, estimó parcialmente la pretensión de la mercantil y reconoció la deducción del 50% del IVA, considerando acreditado el uso profesional en 2014.

Sin embargo, en octubre de ese año, y con idéntica composición de magistrados, rechazó el derecho a deducción en para el ejercicio 2015, alegando que no se había probado un uso casi exclusivo de la planta baja para el trabajo.

González de Lara Mingo considera en los fundamentos de la sentencia, que "la respuesta judicial debe ser coherente con los hechos probados y con el precedente inmediato, salvo que se aporten razones de peso y debidamente motivadas para alterar la solución dada".

La sentencia indica que la exigencia de motivación no es un simple formalismo, sino una garantía esencial para proteger los derechos de las partes y asegurar la previsibilidad de las decisiones judiciales.