Legal
Las tasaciones hipotecarias incluirán datos climáticos del inmueble que bajen su valor
- Economía aprueba la nueva normativa que entrará en vigor el 12 de agosto
- Regula los títulos para que los ayuntamientos aceleren las contrucciones
Eva Díaz
Madrid,
Las tasaciones de inmuebles para calcular su valor de cara a las concesiones de hipotecas incluirán a partir de dos meses todos los datos y aspectos climáticos del inmueble que puedan afectar e incidir en su precio. El Ministerio de Economía ha aprobado la Orden sobre las normas de valoración de inmuebles que modifica la de 2003, publicada este jueves en el BOE, y que entrará en vigor el 12 de agosto.
A partir de entonces, las tasaciones tendrán que tener en cuenta toda la información climática del inmueble que pueda afectar a su valor actual o futuro para que las entidades financieras lo tengan en cuenta a la hora de conceder la hipoteca. Más allá de la eficiencia energética de la vivienda o el local, las sociedades tasadoras deberán analizar también tanto el impacto del bien en el medio ambiente (si contamina o emite residuos al aire, agua o suelo o gasta demasiados recursos hídricos) como los riesgos climáticos que afronta. Es decir, si por la zona en la que se ubica está expuesto a inundaciones (por ejemplo, si está muy cerca del mar o de un río) o a cualquier episodio medioambiental.
Estos mismos criterios para valorar inmuebles se tendrán en cuenta para los seguros y se utilizarán también para calcular el patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), carteras de inmuebles de bancos, aseguradoras o fondos de pensiones.
La norma obliga a las sociedades de tasación a incluir en todos sus informes el Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda, si está construida, aunque no les obliga a su emisión, solo a insertarlo.
Otro de los cambios que trae la nueva Orden es que en las tasaciones ya no se tendrá en cuenta la superficie útil del inmueble de forma conjunta. Es decir, la valoración se hará solo por el espacio que realmente ocupa el bien, sin tener en cuenta los elementos exteriores, que tendrán que ser valorados de forma independiente.
Acelerar la construcción de viviendas
Por otro lado, Economía también modifica la normativa para acelerar la construcción de viviendas por parte de los ayuntamientos. De este modo, los consistorios podrán dar una autorización previa a las construcciones para que empiecen la edificación cuanto antes mientras que se tramita la licencia de obra.
Economía justifica que los ayuntamientos se encuentran en proceso de creación de nuevas figuras administrativas con el objetivo de acelerar la gestión urbanística, especialmente ante la necesidad de incrementar la oferta de vivienda.
Por tanto, la Orden aclara las características que tendrán que tener estos títulos previos. Se deberán emitir sin perjuicio de la necesaria obtención posterior de la licencia de obra; previa comprobación de las condiciones volumétricas y parámetros urbanísticos pertinentes; y deberán autorizar la ejecución de, al menos, el 60% de la obra, lo que se acreditará mediante el certificado del técnico responsable de la redacción del proyecto.
Las compañías que dispongan de esta autorización administrativa deberán tener también la declaración de obra nueva en construcción que exige la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Tasaciones en masa
Finalmente, el tercer gran cambio de la Orden es que se exige a las tasadoras detallar los criterios y metodología que utilizan para los modelos automatizados de valoración.
Estos modelos, que suelen ser a través de herramientas informáticas, se usan para valorar grandes carteras de inmuebles a la par que tengan un cierto grado de homogeneidad. Estas valoraciones deberán indicar tanto el valor de mercado de los inmuebles como el valor hipotecario.