El Supremo envía al fiscal general del Estado al banquillo por revelación de secretos
- Le achaca la filtración a la prensa de los correos de la pareja de Ayuso
- El auto dice que Presidencia del Gobierno ordenó que se hiciera con el 'email'
- Afronta penas de uno a cuatro años de cárcel y suspensión de cargo público
Eva Díaz
Madrid,
El Tribunal Supremo (TS) envía a juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. El alto tribunal formaliza la imputación de García Ortiz, y la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, por un delito de revelación de secretos por filtrar a la prensa un correo electrónico del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Álvaro González Amador, y el fiscal encargado de su caso.
El tribunal, en un auto de hoy, da diez días a las partes para que presenten escrito de acusación, pidan la apertura del juicio o el archivo de la causa.
El Supremo considera probado que el fiscal general filtró a la Cadena Ser el correo electrónico en el que la pareja de Ayuso reconocía los delitos fiscales para llegar a un acuerdo con la Fiscalía.
Según relata el auto, una información publicada por El Mundo el 13 de marzo de 2024 a las 21:29 titulada 'La Fiscalía ofrece a la pareja de Ayuso un pacto para que admita los delitos fiscales' dio inicio, "a raíz de indicaciones recibidas de presidencia del Gobierno", a un intercambio frenético de mensajes y llamadas del fiscal general del Estado para hacerse con ese correo electrónico y tomar el control de la información para hacer ver que no fue el Ministerio Público el que propició el pacto.
García-Ortiz se puso en contacto con la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, para ver si podía conseguir el correo. Esta llamó al fiscal del caso, Julián Salto, quien le facilitó el documento. Rodríguez se lo remitió al correo personal del fiscal General del Estado, quien lo filtró a la Cadena Ser.
Además, de forma paralela, desde el Ministerio Público también se envió este email al exportavoz del grupo socialistas en la Asamblea de Madrid, Juan Lobato, para que lo exhibiese en su intervención parlamentaria del día siguiente ante la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
El Supremo reprocha a García Ortiz y Pilar Rodríguez que el documento estaba sujeto a secreto y su divulgación es intolerable y daña la reputación de la Fiscalía, sujeta a principios de legalidad e imparcialidad. Asimismo, critica al fiscal general que borrara toda la información de sus dispositivos digitales frustrando la investigación.
Por su parte, tanto el fiscal general del Estado como la fiscal jefe de Madrid niegan el delito de revelación de secretos bajo el argumento de que la información ya había sido difundida con anterioridad.
El magistrado lo rechaza al asegurar que un secreto está asociado a la intimidad de la persona que goza de protección constitucional, con lo que queda garantizado el derecho de su dueño. "Su intimidad se verá violada si un tercero los sustrae irregularmente y en contra de su voluntad y los difunde, con el consiguiente perjuicio que ello lleva aparejado; por lo tanto, el secreto existirá mientras su dueño no le quiera dar publicidad, y el secreto seguirá siendo un secreto mientras no lo desvele, y, si otro lo revela, estará quebrantando la reserva inherente a ese secreto y, con ello violando un derecho a la intimidad personal", dice el auto.
Asimismo, señala que aunque González Amador revelara la información de otro correo electrónico suyo del 12 de marzo, no autorizó con ello que se revelara el del 2 de febrero.
Descarta dimitir
García Ortiz, no se plantea dimitir tras su procesamiento por el Supremo. Aunque no ha sido el fiscal, que rechazó pronunciarse este lunes a su salida de la entrega de los XIX Premios del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), fuentes del Ministerio Público aseguran que no se plantea dimitir porque, a su juicio, no hay pruebas de la comisión de delito.
El fiscal general del Estado se enfrenta a penas de uno a cuatro años de cárcel, suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años o inhabilitación especial para empleo público de tres a cinco años por el delito de revelación de secretos.