Legal

La polémica sobre hacer fijos a los interinos con contratos temporales abusivos llega al Constitucional

  • La Corte de Garantías decidirá el 10 de junio si analizar la cuestión
  • Un Juzgado vasco pregunta si la Directiva europea choca con la Constitución
Protesta de interinos pidiendo fijeza. | EP

Eva Díaz
Madrid,

La polémica sobre si hacer fijos a los interinos o empleados públicos que han encadenado contratos temporales de forma abusiva llega al Tribunal Constitucional.

El Pleno de la Corte de Garantías analizará el próximo día 10 de junio si admitir a trámite la cuestión presentada por el Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao.

Al tratarse de un Juzgado de lo Social, el asunto del litigio versa sobre un empleado público, ya que si lo remitiera un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, trataría de un interino. No obstante, si el Constitucional acaba admitiendo la cuestión, la futura sentencia podría afectar tanto a la situación de los interinos (aquellos que pasan las oposiciones sin conseguir plaza) como a las personas contratadas por la Administración Pública.

El Juzgado vasco pregunta a la Corte si la cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva europea sobre el trabajado temporal que establece que, cuando hay abuso en la contratación temporal, debe convertirse al trabajado en indefinido es contraria a la Constitución Española.

El tribunal concretamente pregunta si esta cláusula choca con el artículo 23.2 de la Carta Magna que dice que todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad, y con el artículo 103, que establece que para llegar a ser funcionario deben regir los principios de mérito y capacidad.

El asunto lleva más de un año en el centro de la polémica después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinara en dos sentencias de 2024, una de febrero y otra de junio, que hacer fijos a los interinos o empleados públicos era una manera de sancionar a la Administración por abusar de los contratos temporales, ya que la legislación española no contemplaba sanciones para estas situaciones.

Sin embargo, el Supremo, en dos sentencias del pasado mes de febrero cerró la puerta a hacer públicos a estos trabajadores temporales asegurando que la medida chocaba frontalmente con los principios de igualdad, capacidad y mérito que exige la Carta Magna para acceder al puesto de funcionario.

Según el alto tribunal, la cláusula 5 del Acuerdo marco se opone a la Constitución. Por tanto, ahora el Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao pregunta al Constitucional si es así y, si admite a trámite la cuestión, tendrá que posicionarse.