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Hacienda devolverá 1.200 euros en la declaración de la Renta a todos estos contribuyentes

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el Congreso de los Diputados | Foto: Candela Ordóñez/Europa Press

elEconomista.es

En plena campaña de la Renta 2024-2025, ya son miles de españoles los que han presentado su declaración: solo durante el primer día se recibieron más de 1,17 millones de declaraciones, un 0,6% más que el año anterior. El plazo estará abierto hasta el próximo 30 de junio, por lo que los contribuyentes que cobren más de 22.000 euros anuales (con un pagador) y 15.000 (con dos pagadores) tienen hasta entonces para rendir cuentas a Hacienda. Sin embargo, no todos saben que la Agencia Tributaria podría devolverles más de 1.200 euros si cumplen con ciertos requisitos.

Hoy por hoy existen decenas de deducciones por las que casi cualquier contribuyente podría reclamar dinero a Hacienda por razones que ni se espera, por ejemplo, por ir al gimnasio. Hoy nos referimos a la deducción por maternidad, una rebaja a la que pueden optar las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, aunque los requisitos cambian ligeramente si se trata de descendientes biológicos, adoptados o acogidos.

Requisitos sencillos y cuantía prácticamente fija

Desde la Agencia Tributaria señalan que la deducción por maternidad tendrá un importe máximo de 1.200 euros anuales por hijo, y se calculará "de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos". A grandes rasgos esto quiere decir que, si por ejemplo, teniendo en cuenta que el año fiscal va de enero a diciembre y la solicitante reúne todas las condiciones para la deducción en julio, el dinero se le dará solo desde julio a diciembre.

Ahora bien, la mujer que solicite la deducción:

  • Debe estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad al nacer el menor o, en su defecto, en cualquier momento posterior con un periodo mínimo de 30 días cotizados.
  • También podrá solicitarla si en el momento del nacimiento percibe alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.

Esta deducción se puede solicitar hasta los tres primeros años de vida del menor, aunque si es adoptado podrá hacerse durante los tres años siguientes a su inscripción en el Registro Civil, es decir que no se tendría en cuenta su edad.

Cómo recibirlo: mes a mes o anualmente

Desde la Agencia Tributaria recuerdan que esta ayuda puede percibirse mensual o anualmente, la decisión queda a cargo del solicitante. En caso de querer recibirla mes a mes en 12 pagas de 100 euros cada una, habrá que rellenar y presentar el Modelo 140 en cualquier momento tras el nacimiento del menor. Si por el contrario prefiere un único pago de 1.200 euros, tan solo tendrá que indicar esta deducción en su declaración de la Renta de cada año fiscal.

En el supuesto de que tras presentar el IRPF solicitando la deducción por maternidad salga a pagar, habrá que restar de la cuota el importe de la deducción e ingresar o solicitar la devolución que resulte de la diferencia.

1.000 euros más para estos casos

Si ya eres beneficiaria de la deducción por maternidad, hay buenas noticias para ti. Puedes recibir hasta 1.000 euros más a tu deducción anual si tu hijo va a la guardería y cumples ciertos requisitos, prácticamente idénticos a los anteriores:

  • Tener hijos menores de 3 años.
  • Estar trabajando.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.

Así, podemos deducir la inscripción, la matrícula, los servicios generales del centro y la alimentación del menor en la guardería. La única y principal diferencia es que estos 1.000 euros adicionales no se pueden recibir de forma anticipada, sino que solo se puede solicitar en la declaración anual del IRPF.